No se puede financiar los gastos de funcionamiento con los recursos de:
- los recursos de compensación
- Los ingresos percibidos en favor de terceros, que por mandato legal o convencional, las entidades territoriales estén encargadas de administrar, recaudar o ejecutar.
- Otros aportes con destinación específica o de carácter transitorio.
- los rendimientos financieros producto de rentas de destinación específica.
- Las regalías y compensaciones.
- La sobretasa al ACPM.
5