P.I.M. GRUPO TURQUÍA | Page 54

EQUIPO DE ANÁLISIS TURQUÍA 2016 la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE, 1973) y el G-20 (1999). La historia de las relaciones entre Turquía y la entonces Comunidad Económica Europea se inician en 1959 cuando Turquía solicita por primera vez formar parte de la CEE. Este deseo se materializa en 1963 con la firma del conocido como “Acuerdo de Ankara”24, por el que Turquía pasa a ser miembro asociado de la CEE, y cuyo objetivo principal incluía el establecimiento progresivo de una unión aduanera que permitiría el comercio de Turquía de productos industriales y productos agrícolas transformados con los países de la CEE sin restricciones. Finalmente la unión aduanera entre la UE y Turquía no entró en vigor hasta el 1 de enero de 1996. No obstante, en el artículo 28 del Acuerdo se contemplaba de forma explícita la plena adhesión de Turquía en el futuro “cuando el funcionamiento del Acuerdo permitiera prever la aceptación integral por parte de Turquía de las obligaciones presentes en el Tratado que instituye la Comunidad, las partes contrayentes examinarán las posibilidades de adhesión de Turquía a la Comunidad”. El proceso de ampliación experimentó un importante paso adelante con la apertura oficial de las negociaciones de adhesión el 3 de octubre de 2005. El segundo intento de adhesión se produce en 1987, pero no es hasta la Cumbre de Helsinki de 1999 25cuando finalmente la ya UE concede el estatus oficial de “país candidato” a Turquía. El proceso de ampliación experimentó un importante paso adelante con la apertura oficial de las negociaciones de adhesión el 3 de octubre de 200526. Uno de los puntos críticos de inflexión en el camino de la adhesión, pese a todos los esfuerzos diplomáticos de Turquía, se produjo en la Cumbre de Luxemburgo de 1997 en la que se decidió no incluir a Turquía entre los diez países candidatos que se incorporaron en mayo de 2004, ni entre los otros dos que lo harían en 2007, lo que prácticamente rompió las relaciones de Ankara con Bruselas. Los motivos aducidos en el caso de Turquía fueron que aun reiterando su capacidad para ingresar en la UE todavía no cumplía los criterios políticos y económicos fijados en 1993 en Copenhague27 que en síntesis podrían resumirse en: Poseer instituciones que garanticen la democracia, el Estado de Derecho, el respeto a los Derechos Humanos y la protección de las minorías, tener una economía viable capaz de hacer frente a la competencia exterior y capacidad para cumplir las obligaciones que se deriven del acervo comunitario. Pese a no alcanzar de manera aceptable los criterios de Copenhague lo cierto es que Turquía, tenía y tiene, graves problemas aún por resolver como la división de Chipre, las relaciones con Grecia y el reconocimiento de los derechos de la población Kurda residente en el país. El deshielo de las relaciones se produciría dos años más tarde con ocasión de la cumbre de Helsinki de 1999, cuando se concedió a Turquía el estado de “país candidato” a la adhesión a la UE., dejando atrás el de adherente. En realidad no había una transformación política radical en ese país, ni una mejoría en materia de derechos humanos, pero tras el 24 Decisión del Consejo de 23 de diciembre de 1963 relativa a la celebración del Acuerdo por el que se crea una asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía. Disponible https://www.boe.es/doue/1964/217/X03685-03700.pdf. 25 Consejo Europeo de Helsinki 10 y 11 de diciembre de 1999. Disponible http://www.europarl.europa.eu/summits/hel1_es.htm 26 Conclusiones del Consejo sobre las negociaciones de adhesión con Turquía. Disponible http://data.consilium.europa.eu/doc/ document/ST-12514-2005-REV-1/en/pdf 27 Consejo Europeo de Copenhague 21 y 22 de junio de 1993. Disponible http://www.consilium.europa.eu/es/european-council/ conclusions/pdf-1993-2003/conclusiones-de-la-presidencia_-consejo-europeo-de-copenhague-21-22-de-junio-de-199/. ANÁLISIS P.I.M. 54 REPÚBLICA DE TURQUÍA