PERIÓDICO GBI 1 | Página 4

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Viernes 27.04.2018

Software Libre

SOFWARE LIBRE, OBLIGATORIO PARA EL ESTADO COLOMBIANO

Un proyecto de ley que obligaría a las entidades estatales a emplear exclusivamente software libre en sus sistemas de información ha despertado una feroz polémica en el sector tecnológico nacional.” (Camargo, 2002)

GEIDY CARDONA

León ,F. (2017).¿Que es el software libre?. [Figura].Recuperado de: https://bit.ly/2qMsgd3

Para empezar, vale la pena aclarar que el software libre, como lo define el documento radicado en el Senado por Petro, es todo aquel que brinda al usuario la libertad de estudiar y manipular su código fuente (el conjunto de reglas que le permiten operar) y de distribuir copias bajo las mismas condiciones que le fueron otorgadas con el programa original.

Bajo esta categoría se encuentran estándares como Linux y Unix, que han servido como base para el desarrollo de infinidad de aplicaciones y herramientas empleadas en el mundo tecnológico actual.

De otro lado, se encuentra el denominado software propietario, es decir, todo aquel cuyo autor no está dispuesto a conceder licencias libremente y que cuenta con un código fuente cerrado y secreto.

El mercado manda El problema, sostiene Carlos Santanilla, presidente de la Federación Colombiana de la Industria del software (Fedesoft), radica en que una ley de esas características violaría algunos de los principios establecidos en la Constitución Nacional, como el derecho a la igualdad.

De otro lado, el artículo 333 de la Constitución consagra la libre competencia económica como un derecho de todas las personas.

 

 

Desglosar el código fuente de un software abierto sostiene Duque no representa ninguna dificultad para un programador. Esto le permitiría encontrar la forma de romper las barreras que resguardan los datos almacenados en el sistema, algo que sería mucho más complicado si se trata de una aplicación cuya estructura permanece en secreto.

No obstante, Duque explica que, según la experiencia de los mercados de tecnología, cada vez que un programa popular deja de ser distribuido, otras aplicaciones empiezan a absorber sus características y brindan soporte a la información almacenada en el formato.

                       

En todo caso, el argumento más popular a la hora de defender las bondades del proyecto de ley radica en los beneficios económicos que su aplicación traería a las oficinas públicas.

Lo que la propuesta pretende explica Ricardo Naranjo, gerente de Skina, una compañía dedicada al desarrollo de aplicaciones en Linux es proteger los intereses estatales al establecer ciertas reglas en la adopción de programas. Esto no representa ningún tipo de discriminación.

No obstante, Víctor Duque, especialista en sistemas libres y ex asesor del Gobierno en materia de tecnología, explica que la seguridad de la información mencionada estaría más comprometida con programas libres.                                                                              

LAS CUATRO LIBERTADES ESENCIALES

0-La libertad de ejecutar el programa como se

desee.

1-La libertad de estudiar cómo funciona el programa y cambiarlo.

2-La libertad de redistribuir copias para ayudar a su prójimo.

3-La libertad de distribuir copias de sus versiones modificadas a terceros.