PEC 17-10-2019
CEIP JUAN XXIII
C/ Juan XXIII, 2
50010 ZARAGOZA
Tfno: 976337478
http://cpjxizar.educa.aragon.es/
Será el que les corresponda según su estatuto, contrato o convenio.
2.3. Jefatura del personal no docente
Corresponderá al Director del Centro y, por delegación, al Secretario del Centro, quienes darán las normas de
organización y funcionamiento.
2.4.- Derechos
A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los
términos establecidos en las disposiciones vigentes.
A ejercer su función de acuerdo con las obligaciones del puesto que desempeña.
Al respeto, reconocimiento, colaboración y apoyo de todos los miembros de la comunidad
educativa, en el cumplimiento de sus funciones.
A utilizar, según sus funciones, los medios materiales y las instalaciones del centro.
A reunirse en el centro de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal
desarrollo de sus tareas.
A los demás derechos contemplados en la legislación vigente.
2.5- Deberes
Ejercer sus funciones de acuerdo con las obligaciones del puesto que desempeña, la legislación
vigente y con lo previsto en el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
Atender y seguir las instrucciones del director o, en su caso, del secretario del centro en el ejercicio
de sus funciones.
Contribuir a la consecución de los objetivos educativos del centro y, especialmente, de los relativos
a la convivencia.
Contribuir a la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible.
Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e
intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente.
3.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES O TUTORES LEGALES (ARTÍCULOS 29 Y 31)
3.1 Derechos de los padres
A que sus hijos o tutelados reciban una educación con las máximas garantías de calidad.
A escoger centro docente, tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos.
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