BOLETÍN ELECTRÓNICO “FEDDF” PASIÓN POR EL DEPORTE
POR ANTONIO CORBALÁN
Arquitecto
Llamar a alguien persona con
discapacidad no va en la dirección
que acompaña a la accesibilidad.
Lejos de querer cambiar mi campo
de actuación, sí considero
necesario defender un cambio de
paradigma a la hora de emplear el
lenguaje con propiedad y con
razones más poderosas que la de
lo "políticamente correcto".
A muchos les llamará la atención
que, si queremos velar por la
accesibilidad,
el
término
"discapacidad" asociado a las
personas no estaría correctamente
empleado. Las connotaciones
negativas que tiene este término,
en el sentido de que "no se es
capaz" influye en el imaginario
colectivo.
Todos
somos
conscientes de que el lenguaje
moldea
la
mente
y,
si
responsabilizamos a la persona de
no poder hacer algo, retiramos el
peso del problema a quien lo tiene
-un entorno no accesible- y se lo
otorgamos enteramente a la
persona, que en un entorno
accesible sí sería capaz de hacer las
cosas
y
tener
una
vida
independiente.
Desde que el artículo 49 de la
Constitución Española empleara el
término "disminuido físico" ha
llovido mucho. Posteriormente se
empleó en la ley el término
"minusválido" para seguir con
"persona con discapacidad". Con
toda esta terminología, lo que se
fomenta, entre otras cosas, es la
consideración de las personas
como dependientes, con la
inexistencia de características
proactivas o con intención de
actuar mediante políticas de
integración
en
condiciones
especiales dentro de la sociedad.
Sin embargo, todos sabemos que
no se trata tanto de que sea culpa
de las personas o de su
circunstancia,
sino
de
las
condiciones del entorno.
Por este mismo principio, no se
considerará que la accesibilidad es
necesaria para todos, si tenemos la
percepción de que sólo es
necesaria
para
personas
discapacitadas y, por tanto, para
unas personas especiales que, por
sus características, no pueden
realizar determinadas actividades
de deambulación, aprehensión,
localización y comunicación.
Se elimina así la presión del
cumplimiento de la ley de
accesibilidad en los entornos
públicos y privados, así como en
los servicios y se espera que se
actúe de forma paliativa y parcial,
dejando que el origen del
problema siga conviviendo entre
nosotros.
Relacionando
este
aspecto,
también podríamos considerar el
problema de la discriminación de
las personas en razón al empleo
del lenguaje. En los últimos años,
se comienza a emplear el término
"Diversidad Funcional", alternativo
al de "discapacidad". Propuesto en
España por el Foro de Vida
Independiente, en enero de 2005,
pretende sustituir a otros cuya
semántica puede considerarse
peyorativa, tal y como he expuesto
anteriormente. Se propone en esta
línea de pensamiento, un cambio
hacia una terminología no
negativa, no rehabilitadora, sobre
la diversidad funcional, que
supone un cambio conceptual no
sólo en la forma de entender la
diversidad humana.
Tal como dice el Preámbulo de la
Convención Internacional de las
personas con discapacidad: los
países firmantes reconocen que la
discriminación contra cualquier
persona por causa de su diversidad
funcional constituye una acción
contra la dignidad y el valor del ser
humano. En este sentido, la
Oficina Permanente Especializada
del Ministerio de Servicios Sociales
hizo una recomendación (R/8/11)
en el año 2011 a todas las
administraciones y movimientos
asociativos para que hicieran uso
del
término
“persona
con
diversidad funcional” con el fin de
"avanzar y conseguir que las
personas no sean discriminadas
por razón del lenguaje".
¿Conseguiremos algo si en el
ayuntamiento
de
nuestro
municipio adoptan esta nueva
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