nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 9 - BOLETIN FEDDF ENERO17 | Page 5

BOLETÍN ELECTRÓNICO “FEDDF” PASIÓN POR EL DEPORTE POR ANTONIO CORBALÁN Arquitecto Llamar a alguien persona con discapacidad no va en la dirección que acompaña a la accesibilidad. Lejos de querer cambiar mi campo de actuación, sí considero necesario defender un cambio de paradigma a la hora de emplear el lenguaje con propiedad y con razones más poderosas que la de lo "políticamente correcto". A muchos les llamará la atención que, si queremos velar por la accesibilidad, el término "discapacidad" asociado a las personas no estaría correctamente empleado. Las connotaciones negativas que tiene este término, en el sentido de que "no se es capaz" influye en el imaginario colectivo. Todos somos conscientes de que el lenguaje moldea la mente y, si responsabilizamos a la persona de no poder hacer algo, retiramos el peso del problema a quien lo tiene -un entorno no accesible- y se lo otorgamos enteramente a la persona, que en un entorno accesible sí sería capaz de hacer las cosas y tener una vida independiente. Desde que el artículo 49 de la Constitución Española empleara el término "disminuido físico" ha llovido mucho. Posteriormente se empleó en la ley el término "minusválido" para seguir con "persona con discapacidad". Con toda esta terminología, lo que se fomenta, entre otras cosas, es la consideración de las personas como dependientes, con la inexistencia de características proactivas o con intención de actuar mediante políticas de integración en condiciones especiales dentro de la sociedad. Sin embargo, todos sabemos que no se trata tanto de que sea culpa de las personas o de su circunstancia, sino de las condiciones del entorno. Por este mismo principio, no se considerará que la accesibilidad es necesaria para todos, si tenemos la percepción de que sólo es necesaria para personas discapacitadas y, por tanto, para unas personas especiales que, por sus características, no pueden realizar determinadas actividades de deambulación, aprehensión, localización y comunicación. Se elimina así la presión del cumplimiento de la ley de accesibilidad en los entornos públicos y privados, así como en los servicios y se espera que se actúe de forma paliativa y parcial, dejando que el origen del problema siga conviviendo entre nosotros. Relacionando este aspecto, también podríamos considerar el problema de la discriminación de las personas en razón al empleo del lenguaje. En los últimos años, se comienza a emplear el término "Diversidad Funcional", alternativo al de "discapacidad". Propuesto en España por el Foro de Vida Independiente, en enero de 2005, pretende sustituir a otros cuya semántica puede considerarse peyorativa, tal y como he expuesto anteriormente. Se propone en esta línea de pensamiento, un cambio hacia una terminología no negativa, no rehabilitadora, sobre la diversidad funcional, que supone un cambio conceptual no sólo en la forma de entender la diversidad humana. Tal como dice el Preámbulo de la Convención Internacional de las personas con discapacidad: los países firmantes reconocen que la discriminación contra cualquier persona por causa de su diversidad funcional constituye una acción contra la dignidad y el valor del ser humano. En este sentido, la Oficina Permanente Especializada del Ministerio de Servicios Sociales hizo una recomendación (R/8/11) en el año 2011 a todas las administraciones y movimientos asociativos para que hicieran uso del término “persona con diversidad funcional” con el fin de "avanzar y conseguir que las personas no sean discriminadas por razón del lenguaje". ¿Conseguiremos algo si en el ayuntamiento de nuestro municipio adoptan esta nueva 5