nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 6 - BOLETÍN FEDDF ABRIL 2016 | Page 6

BOLETÍN ELECTRÓNICO “FEDDF” PASIÓN POR EL DEPORTE SOBRE LA VIABILIDAD DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DEPORTIVAS A FAVOR DE MENORES DE EDAD EXTRANJEROS CON RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA POR FRANCISCO BARTOLL Secretario General FEDDF El 17 de marzo pasado el Presidente del Consejo la participación en actividades deportivas no Superior de Deportes (CSD), Miguel Cardenal profesionales de los extranjeros que se encuentren Carro, dictó una resolución que confirma la legalmente en España y de sus familias”, de tal obligatoriedad de inscripción de menores de edad forma que el único requisito que los extranjeros extranjeros con residencia legal en España. deben cumplir para poder participar en una actividad deportiva de carácter no profesional La resolución trae causa de la vigente regulación es encontrarse legalmente en España. de FIFA relativa a la inscripción de menores de edad extranjeros contenida en el artículo 19 del En el caso en cuestión, el padre del menor aportó Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de copia del permiso de residencia en el que se Jugadores (RETJ). Dicha previsión fue objeto de reflejaba el número de NIE, así como de la una reclamación presentada por el padre de un documentación que acreditaba la situación legal de menor al que, por aplicación del citado artículo 19 su hijo en España. RETJ y de la Circular de la Real Federación (RFEF Española nº 2014/2015), de 74, se le Futbol temporada denegó la expedición de licencia para poder inscribirse con un equipo de juveniles de Madrid. Se trata de una situación que afecta a cientos de menores de nuestro país, como explica Toni Roca en IUSPORT. Roca se detiene en el análisis de la compatibilidad y la prevalencia que el Presidente del CSD hace entre la normativa de Véase un extracto del Fundamento de Derecho VII FIFA y el ordenamiento jurídico español, y más de la resolución en atención al cual el Presidente concretamente la Ley 19/2007, de 11 de julio, del CSD acaba estimando el recurso del padre y contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la ordena a la RFEF que proceda, de manera intolerancia en el deporte. inmediata, a expedir licencia deportiva a favor del menor de edad: La Disposición adicional 2ª de la citada Ley obligaba a todas las entidades deportivas a “(…) Ahora bien, la aplicación de las citadas modificar su normativa y “eliminar cualquier normas [de la FIFA] deberán respetar, en obstáculo o restricción que impidiese o dificultase todo caso, el ordenamiento jurídico vigente 6