CAPÍTULO 17 | El nuevo orden internacional
Siria (15 de marzo de 2011)
Tipo de protestas:
Conflicto armado:
País inmerso en una cruel y brutal guerra ci-
vil, batallas armadas, bombardeos, invasio-
nes a ciudades, ataques con armas de guerra
y, posiblemente, armas químicas. La guerra
en Siria se ha convertido en el mayor conflic-
to de la Primavera Árabe.
Reacción:
El presidente Bashar al-Asad respondió ini-
cialmente con violencia de la policía en las
manifestaciones, pero al ver que el conflicto
llegó a mayores, y que sus opositores comen-
zaron a dominar ciudades, el presidente orde-
nó bombardeos aéreos y ataques con misiles
a todas las ciudades bajo dominio rebelde,
además del envío de tropas. El Ejército Libre
de Siria, compuesto por los rebeldes y otros
adeptos, ha iniciado operaciones de invasión
a las principales ciudades del país, como Da-
masco, Alepo, Homs y muchas más, en donde
se han vivido los más brutales enfrentamien-
tos contra las fuerzas gubernamentales. En-
tre 2012 y 2013, la violencia en el país au-
mentó y la lucha armada es prácticamente el
día a día de los sirios. A guerra.
Hoy en día, los bombardeos y las luchas conti-
núan y con una intensidad y frecuencia nunca
vista en otros enfrentamientos de la Primave-
ra Árabe, ni siquiera en Libia. Esto vuelve a
la guerra civil Siria, en el peor conflicto de la
Primavera Árabe.
La Unión Europea
La Unión Europea (UE) es una comunidad po-
lítica de Derecho constituida en régimen de
organización internacional, sui generis, na-
cida para propiciar y acoger la integración
y gobernanza en común de los estados y los
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pueblos de Europa. Está compuesta por vein-
tiocho estados europeos y fue establecida con
la entrada en vigor del Tratado de la Unión
Europea (TUE), el 1 de noviembre de 1993.
La Unión Europea, y antes las Comunidades,
promueve la integración continental por me-
dio de políticas comunes que abarcan distin-
tos ámbitos de actuación, en su origen esen-
cialmente económicos y progresivamente
extendidos a ámbitos indudablemente polí-
ticos. Para alcanzar sus objetivos comunes,
los estados de la Unión le atribuyen a esta
determinadas competencias, ejerciendo una
soberanía en común o compartida que se des-
pliega a través de los cauces comunitarios.
La Unión Europea se rige por un sistema in-
terno en régimen de democracia representa-
tiva. Sus instituciones son siete: el Parlamen-
to Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo,
la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia
de la Unión Europea, el Tribunal de Cuentas y
el Banco Central Europeo.
El Consejo Europeo ejerce funciones de
orientación política general y de representa-
ción exterior, y nombra a los jefes de las altas
instituciones constitucionales; el Parlamento
Europeo y el Consejo ejercen la potestad le-
gislativa en igualdad de condiciones, toman-
do decisiones conjuntas —a excepción de los
procedimientos legislativos especiales, don-
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