IV. Contenidos educativos publicados en
Internet y plataformas de elearning
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Debe tenerse en cuenta también que en el sitio web obras en internet. Y aunque esta Directiva Europea sí
de un centro formativo, o en el resto de plataformas que regula de nuevo el límite aplicable por usos
de elearning (Moodle es la más conocida en el sector educativos en el ámbito digital, o el uso de contenidos
de formativo) puede producirse una divulgación de páginas y plataformas, controlando además que los
materiales de alcance global. Algunos de estos medios correspondientes autores de los contenidos han sido
de difusión disponen de herramientas de acceso r remunerados, en consecuencia, por el uso de sus
estringido, a través de una contraseña o clave, que sin autorización para fines de cita, crítica, reseñas, o
limitan el acceso a los contenidos. Otras en cambio parodia, obliga a dichos prestadores de servicios (los
son de acceso libre, sin control ninguno por parte titulares de páginas web y plataformas de contenidos
del centro, que, en cambio, sigue siendo titular y digitales) a controlar y supervisar que se celebren las
por lo tanto responsable de dichos contenidos. orrespondientes licencias con quién son titulares de
En estos casos, en los que la difusión es total, ya que los derechos, como regla general. Y además, se podrán
desde cualquier ordenador conectado a la red puede aplicar remuneraciones o cánones compensatorios en
verse una web de acceso público, y como el control beneficio de dichos titulares de derechos en cada
del uso es imposible, sí será conveniente determinar territorio, aunque el fin sea educativo.
unas condiciones de uso de aquello que es objeto de Se ha escrito y analizado mucho sobre esta nueva
divulgación. Directiva, que fundamentalmente está pensando en
las grandes plataformas digitales (Youtube, Instagram,
Debemos tener en cuenta que no solo la LPI, Pinterest, etc). Estas plataformas son también recursos
sino otras normativas, como la Ley de Servicios de para los centros educativos, quienes, a partir de la
la Sociedad de la Información (LSSICE), pueden entrada en vigor de esta Directiva, tendrán que adaptarse
imponer nuevas obligaciones a los prestadores de para asegurar que todo lo que suben a estas plataformas
servicios, que en el caso del ámbito educativo, son tengan la correspondiente autorización de las personas
los propios centros formativos. Especial incidencia autoras.
tendrá en los próximos años la llamada Directiva del Esta será, por lo tanto, la regla a seguir en los próximos
mercado único digital (Directiva UE 2019/790), que años: todos aquellos contenidos que se suban a los sitios
está vigente desde el 17 de abril de 2019, y que será web y plataformas educativas, deberá ser objeto de
objeto de introducción en nuestro ordenamiento licencia específica o bien generará una remuneración
jurídico en los 2 próximos años. Esta Directiva obligará compensatoria para las personas autoras de esos
a los prestadores de servicios a responsabilizarse de contenidos.
los contenidos propios y ajenos que publican en sus