Monográfico Intangia Volumen 1 | Page 25

III. Contenidos creados por Empresas proveedoras  de obra, que se negociará previamente al inicio de dichos servicios.  todos aquellos materiales que no se elaboren por los trabajadores o profesores de materiales sino por colaboradores o empresas externas.  En ambos casos, la LPI exige la negociación obligatoria de los siguientes apartados: el tipo de derechos que se ceden por parte de la empresa proveedora las empresas proveedoras: Una segunda alternativa es incluir en la petición de presupuesto una cláusula de cesión de derechos de explotación a favor del centro en relación a en el supuesto creados por Firmar un contrato de encargo entre el centro y la empresa o profesional proveedor, a modo de acuerdo de prestación de servicios o de ejecución Instrucciones y recomendaciones 25 (reproducción, distribución, comunicación pública, transformación, publicación en colección), el tiempo de cesión (hasta setenta años en el caso de empresas), el territorio de la cesión (nacional,europea, mundial), la forma exclusiva o no exclusiva de la cesión, así como el carácter gratuito o remunerado de la cesión.  En el caso de no pactar con el proveedor condiciones específicas sobre la cesión de los derechos de explotación, el centro dispone de un simple derecho de uso sobre la obra intelectual. Claúsulas sobre cesión de los derechos de explotación Ejemplos de acuerdo de cesión de derechos: este acuerdo de cesión tiene por objeto la obra intelectual..............................del tipo ..........[obra literaria, científica, audiovisual, plástica, artística...]; a través de este documento el/la autor/a cede los derechos de explotación necesarios para la reproducción, distribución, comunicación pública y/o transformación de la obra intelectual, de forma exclusiva [ o no exclusiva], por una duración de........años, y para un ámbito territorial nacional [o europeo, mundial]. La remuneración a percibir por la cesión de los derechos de explotación será de.........euros.