IV. Contenidos educativos publicados en
Internet y plataformas de elearning
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Debe tenerse en cuenta también que en el sitio web controlando además que los correspondientes autores de
de un centro formativo, o en el resto de plataformas los contenidos han sido remunerados, en consecuencia,
de elearning (Moodle es la más conocida en el sector por el uso de sus obras en internet. Y aunque esta
de formativo) puede producirse una divulgación de Directiva Europea sí que regula de nuevo el límite
materiales de alcance global. Algunos de estos medios aplicable por usos educativos en el ámbito digital,
de difusión disponen de herramientas de acceso o el uso de contenidos sin autorización para fines de
restringido, a través de una contraseña o clave, que cita, crítica, reseñas, o parodia, obliga a dichos
limitan el acceso a los contenidos. Otras en cambio prestadores de servicios (los titulares de páginas web
son de acceso libre, sin control ninguno por parte y plataformas de contenidos digitales) a controlar y
del centro, que, en cambio, sigue siendo titular y supervisar que se celebren las correspondientes licencias
por lo tanto responsable de dichos contenidos. con quién son titulares de los derechos, como regla
En estos casos, en los que la difusión es total, ya que general. Y además, se podrán aplicar remuneraciones
desde cualquier ordenador conectado a la red puede o cánones compensatorios en beneficio de dichos
verse una web de acceso público, y como el control titulares de derechos en cada territorio, aunque el fin
del uso es imposible, sí será conveniente sea educativo.
determinar unas condiciones de uso de aquello que Se ha escrito y analizado mucho sobre esta nueva
es objeto de divulgación. Directiva, que fundamentalmente está pensando en las
grandes plataformas digitales (Youtube, Instagram,
Debemos tener en cuenta que no solo la LPI, sino Pinterest, etc). Estas plataformas son también recursos
otras normativas, como la Ley de Servicios de la para los centros educativos, quienes, a partir de la
Sociedad de la Información (LSSICE), pueden entrada en vigor de esta Directiva, tendrán que
imponer nuevas obligaciones a los prestadores de adaptarse para asegurar que todo lo que suben a
servicios, que en el caso del ámbito educativo, estas plataformas tengan la correspondiente autorización
son los propios centros formativos. de las personas autoras.
Especial incidencia tendrá en los próximos años la Esta será, por lo tanto, la regla a seguir en los próximos
llamada Directiva del mercado único digital (Directiva años: todos aquellos contenidos que se suban a los sitios
UE 2019/790), que está vigente desde el 17 de abril web y plataformas educativas, deberá ser objeto de
de 2019, y que será objeto de introducción en licencia específica o bien generará una
nuestro ordenamiento jurídico en los 2 próximos remuneración compensatoria para las personas autoras
años. Esta Directiva obligará a los prestadores de de esos contenidos.
servicios a responsabilizarse de los contenidos propios
y ajenos que publican en sus páginas y plataformas,