RESUMEN ANALITICO
Contenido e importancia de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. (1978);
Reconociendo la insuficiencia de la protección internacional de los derechos de la mujer, la Comisión de Derechos Humanos elaboró la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, emitida por la Asamblea General en 1967. La declaración no impuso obligaciones legales a los Estados, más subrayó la necesidad de proteger a las mujeres de la discriminación y adoptó una mirada amplia e integral de la problemática. Tuvieron que pasar otros seis años para que la Comisión sobre la Condición Social y Jurídica de la Mujer (CSW), presentara la propuesta para la creación de una convención de carácter vinculante para la prohibición de la discriminación contra la mujer. Se convocó a los Estados a entregar sus opiniones y propuestas al respecto. Transcurrieron otros seis años, en que se desarrollaron intensos debates sobre cada aspecto de la propuesta al pasar laboriosamente por los grupos de trabajo de la Comisión sobre la Condición Social y Jurídica de la Mujer (CSW), y de la Asamblea General. El proceso se aceleró al aproximarse el fin de la década de 1970 para asegurar un texto final para la Conferencia Mundial en julio 1980 con motivo de la Década de la Mujer. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 1979, representa uno de los principales logros de la Década para la Mujer (1976-1985) y un hito en la historia de los derechos humanos de la mujer. Entró en vigor como tratado internacional el 3 de septiembre de 1981 después de su ratificación por el vigésimo país signatario. Al cumplirse veinte años de su vigencia, treinta países han optado por estar sujetos a su provisiones.
El alcance normativo: discriminación contra la mujer; La Convención de la Mujer establece garantías de no discriminación contra la mujer e incorpora una definición más amplia de discriminación que la establecida en instrumentos previos, ya que abarca tanto la igualdad de oportunidades (igualdad de jure), como la igualdad de resultado (igualdad de facto). No sólo establece que los Estados partes “asegurarán” y “otorgarán” a las mujeres el “derecho” a la no discriminación en todo ámbito de la vida privada y pública; sino que además establece la obligación de los Estados partes que “tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida pública y privada”.
Contenido e importancia Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (1993).
Afirmando que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales e impide total o parcialmente a la mujer gozar de dichos derechos y libertades, y preocupada por el descuido de larga data de la protección y fomento de esos derechos y libertades en casos de violencia contra la mujer. Reconociendo que la violencia contra la mujer constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer, que han conducido a la dominación de la mujer y a la discriminación en su contra por parte del hombre e impedido el adelanto pleno de la mujer, y que la violencia contra la mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se fuerza a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre.
Se efectuó, la proclama solemne de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer e insta a que se hagan todos los esfuerzos posibles para que sea universalmente conocida y respetada, de allí deriva su importancia debido a que un organismo internacional reconoce y legisla sobre este meridiano tema.
En su contenido se verifica notablemente que Los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de procurar eliminarla. Los Estados deben aplicar por todos los medios apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar la violencia contra la mujer.
Contenido e Importancia de la Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado (1974)
En 1974, la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o de Conflicto Armado, en la que se condenan los ataques y los bombardeos contra la población civil, se prohíben la persecución, la reclusión, la tortura y todas las formas de violencia degradante contra las mujeres y niños. Otra iniciativa a manera de ejemplo, es el Grupo de Trabajo de Formas Contemporáneas de Servidumbre, establecido en 1975, que ha tratado con los asuntos de prostitución infantil, trabajo infantil, y adopciones de menores entre Estados.
El anterior desarrollo internacional motivó al Estado de Polonia a presentar en 1978 la propuesta a la ONU en el sentido de que la niñez necesita de un cuerpo coherente de normas jurídicas para la protección de sus derechos específicos, lo que significó la primera idea sobre la necesidad de una convención. Un año después, en 1979 la Comisión de los Derechos Humanos de la ONU creó al Grupo de Trabajo Abierto para la Cuestión de una Convención sobre los Derechos del Niño, con la finalidad de revisar el documento propuesto presentado por Polonia y estudiar la posibilidad real de aprobar una convención en ese sentido. El grupo de trabajo comprendió a 43 representantes de los Estados miembros de la comisión; también se incorporaron otros delegados por parte de organismos intergubernamentales tales como UNICEF, OIT, ACNUR y las organizaciones no gubernamentales con estatuto constitutivo ante el Consejo Económico de la ONU (ECOSOC). Después de largas discusiones y revisiones, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU aprobó el texto definitivo de la convención, el 8 de marzo de 1989, y lo envió al ECOSOC, desde donde emprendió su viaje definitivo a la Asamblea General de la ONU.
Contenido e importancia sobre la convención sobre la nacionalidad de la mujer casada (1957):
En el contenido de esta convención se observa notablemente que surge debido al reconocimiento que surge de los conflictos de ley y de práctica en materia de nacionalidad a causa de las disposiciones sobre la pérdida y la adquisición de la nacionalidad de la mujer como resultado del matrimonio, de su disolución, o del cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio.
Su importancia reside en que los Estados contratantes convienen en que ni la celebración ni la disolución del matrimonio entre nacionales y extranjeros, ni el cambio de nacionalidad del marido durante el matrimonio, podrán afectar automáticamente a la nacionalidad de la mujer. También su importancia anida en que Los Estados contratantes convienen en que una mujer extranjera casada con uno de sus nacionales podrá adquirir, si lo solicita, la nacionalidad del marido, mediante un procedimiento especial de naturalización privilegiada, con sujeción a las limitaciones que pueden imponerse por razones de seguridad y de interés público.
Contenido e importancia de las Nuevas medidas e iniciativas para la aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing del 23° Período Extraordinario de la Asamblea General para el Examen de la Conferencia Internacional sobre la Mujer: "La Mujer en el Año 2000: Igualdad entre los géneros, desarrollo y paz en el siglo XXIV" (1995);
La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, adoptada de forma unánime por 189 países, constituye un programa en favor del empoderamiento de la mujer y en su elaboración se tuvo en cuenta el documento clave de política mundial sobre igualdad de género. La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing establece una serie de objetivos estratégicos y medidas para el progreso de las mujeres y el logro de la igualdad de género en 12 esferas cruciales:
La mujer y la pobreza, Educación y capacitación de la mujer, La mujer y la salud, La violencia contra la mujer, La mujer y los conflictos armados, La mujer y la economía, La mujer en el ejercicio del poder y la adopción de decisiones, Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer, Los derechos humanos de la mujer, La mujer y los medios de difusión, La mujer y el medio ambiente y la niña.
La conferencia de Beijing se basó en los acuerdos políticos alcanzados en las tres conferencias mundiales sobre la mujer celebradas anteriormente y consolidó cinco decenios de avances jurídicos dirigidos a garantizar la igualdad de las mujeres y los hombres tanto en las leyes como en la práctica. Participaron en las negociaciones más de 6.000 delegadas/os gubernamentales y más de 4.000 representantes acreditadas/os de organizaciones no gubernamentales. Un foro de ONG celebrado en Huairou de forma paralela atrajo a cerca de 30.000 participantes.