Mi primera revista 001 | Page 2

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PROPIEDAD INTELECTUAL

GBI X TRES

Miercoles 11 de abril, 2018

En San Miguelito

ORDENAN DETENCIÓN PROVISIONAL PARA TRES PERSONAS QUE COMERCIALIZABAN MEDICAMENTO SIN REGISTRO SANITARIO

La Fiscalía Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y la Seguridad Informática logró la detención provisional de tres ciudadanos por los delitos contra la propiedad industrial y la salud pública, vinculados a un hecho investigado a través de un operativo de compra controlada de medicamentos cuya venta es prohibida en nuestro país (“Ministeriopublico.gob.pa,” 2018).

Por: Lorena Ordoñez

Durante la audiencia presidida por el juez de Garantías, el fiscal Adjunto Martin Rodríguez en compañía del Fiscal Superior Especializado contra la Propiedad Intelectual y Seguridad Informática, Igor Blanco lograron acreditar la responsabilidad de estas tres personas, uno de ellos es dueño de un farmacia en la provincia de Colón, la otra persona es administradora de una farmacia ubicada en la barriada San Antonio en San Miguelito y el otro vinculado es un conductor de taxi.

En el acto de audiencia fueron validadas la legalización de la aprehensión, la imputación de cargos y la solicitud de la medida cautelar de detención provisional para los vinculados, peticiones hechas por el Ministerio Público.

La Fiscalía sustentó ante el Tribunal de Garantías que el medicamento “Cytotec” (abortivo prohibido sin prescripción médica) que era comercializado por los imputados de forma ilegal, no cuenta con registro sanitario por lo que fueron retirados del mercado panameño.

Estas personas fueron aprehendidas mediante operativo realizado por

la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y la Seguridad Informática conjuntamente con los brazos auxiliares, siendo puestos en conocimiento las autoridades del Ministerio de Salud.

El juez otorgó un plazo de 6 meses para desarrollar la presente investigación.

Referencia: Ordenan detención provisional para tres personas que comercializaban medicamento sin registro sanitario. (2018, abril 11). Recuperado de http://ministeriopublico.gob.pa/ordenan-detencion-provisional-para-tres-personas-que-comercializaban-medicamento-sin-registro-sanitario/

ORDENAN DETENCIÓN PROVISIONAL PARA TRES PERSONAS QUE COMERCIALIZABAN MEDICAMENTO SIN REGISTRO SANITARIO

ORDENAN DETENCIÓN PROVISIONAL PARA TRES PERSONAS QUE COMERCIALIZABAN MEDICAMENTO SIN REGISTRO SANITARIO

LICENCIAS: QUÉ SON Y TIPOS.

ORDENAN DETENCIÓN PROVISIONAL PARA TRES PERSONAS QUE COMERCIALIZABAN MEDICAMENTO SIN REGISTRO SANITARIO

ORDENAN DETENCIÓN PROVISIONAL PARA TRES PERSONAS QUE COMERCIALIZABAN MEDICAMENTO SIN REGISTRO SANITARIO

Es una declaración que hace una persona con cierto tipo de autoridad legal que permite que se hagan ciertas cosas. A continuación explicaremos cuatro licencias que son fundamentales y se deben tener en cuenta:

1. COPYRIGHT: Este símbolo se debe anteponer en el titular para demostrar que el derecho de la obra o producción esta protegida por la Ley de Propiedad Intelectual.

2. COPYLEFT: Es un movimiento alternativo al CopyRight. Busca el uso de licencias libres para compartir y reutilizar recursos.

3. LICENCIA DE ARTE LIBRE (LAL): Reconoce y proteje los derechos del autor y a su vez permite que se copie, difunda, transforme la obra que protege. Esto con el fin de dar acceso abierto a la obra y que esta de frutos, siempre y cuando se respeten los derechos morales del autor.

LICENCIA CREATIVE COMMONS.

Es una organización sin animo de lucro que ofrece diferentes licencias libres, también, posibilita que los autores suban sus obras de forma libre a Internet, con ciertas restricciones.

Existen cuatro condiciones para esta licencia:

1. Reconocimiento: El autor permite copiar, reproducir y distribuir su obra públicamente. También, que se generen obres derivadas, siempre y cunado se cite, sino, se considera plagio.

siempre y cunado se cite, sino, se considera plagio.

2. Sin obra derivada: El autor no permite que se deriven obras de su obra.

3. No comercial: El autor no permite que su obra sea comercialmente distribuida.

4. Compartir Igual: Otorga las mismas características que el reconocimiento, pero, con la única condición, todo debe ser compartido bajo la misma licencia y con las misma condiciones.

IMPORTANCIA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

Recordemos que esto es un derecho de todos, el cual nos permite reconocer, valorar y admirar las invenciones que desarrollan otras personas o incluso nuestras propias creaciones, ya sean literarias, musicales, industriales entre otras. Garantizando así que mi creatividad sera respetada y valorada. evitando el robo de ideas o plagio como lo conocemos hoy día.

DERECHOS DE P.I

Los derechos patrimoniales del autor, hacen referencia a los derechos de explotación económica sobre sus obras y creaciones que tiene el autor.

DERECHOS PATRIMONIALES

DERECHOS DE P.I

Los derechos morales hacen referencia al derecho personal que reconoce y resguarda el vínculo entre el autor y su obra, que reconoce la autoría de la obra, puesto que la obra es el producto y resultado de su autor, lo cual no se puede desconocer puesto que existe un vínculo inequívoco e inalienable entre los dos.

DERECHOS MORALES