Mi primera publicacion Revista ESOA | Page 9

CONTRIBUCIÓN DE LA ARMADA ARGENTINA A LA POLÍTICA ANTÁRTICA contribuir a mantener las aguas libres de contaminación en la Antártida. Dicha operación se lleva a cabo todos los años desde el 15 de noviembre hasta el 31, época de mayor tráfico marítimo en la región. Tratado antártico y marco legal Con vistas a evitar la escalada en los conflictos, poner un freno a los reclamos territoriales y regular de alguna forma las actividades en esas tierras, los países con intereses en la Antártida se reunieron y dieron a luz el Tratado Antártico, entre cuyos objetivos se destacaba que la Antártida se “utilizará exclusivamente para fines pacíficos”, se prohibían medidas de carácter militar, se promovía la actividad científica y se congelaban los reclamos territoriales hasta un futuro a determinar. Por su parte, la Ley Nº 18.513 (1969) sienta las bases jurídicas, orgánicas y funcionales para el planeamiento, programación, dirección, ejecución, coordinación y control de la actividad antártica argentina. En su artículo 3 establece que “las actividades que la República realiza en la Antártida, en ejercicio de su soberanía, tienen como objetivo superior la plena satisfacción de sus intereses en esta región”. El artículo 29 afirma que “el sostén logístico de la actividad antártica será una responsabilidad de las Fuerzas Armadas, las que facilitarán los medios que anualmente se requieran, de acuerdo con los requerimientos del Ministerio de Defensa y con sus propias posibilidades”. El 5 de noviembre de 1990, por Decreto 2316, se establece la Política Nacional Antártica, cuyo objetivo fundamental es afianzar los derechos argentinos de soberanía en la región. Esto se pretende alcanzar a través de la implementación de políticas y medidas que contribuyan al fortalecimiento del Tratado Antártico y su sistema, a incrementar la influencia argentina en el proceso de toma de decisiones del tratado y de su sistema y a lograr una mayor eficacia de la presencia argentina en el sector. En el año 1991 fue concluido el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente. Este procura una amplia protección del medio ambiente de la Antártida de los ecosistemas dependientes o asociados. El mismo fue ratificado en el año 1998 y será abierto para su revisión en 2048. Es importante destacar el artículo 7, el cual declara que cualquier actividad relacionada con los recursos minerales, salvo la investigación científica, estará prohibida. Durante el corriente año el Ministerio de Defensa emitió la Directiva Política de Defensa Nacional , la cual establece cuales son las funciones que cumplirán las Fuerzas Armadas para contribuir con la Política Antártica Nacional y además establece que “El Ministerio de Defensa (…) deberá poner a disposición del PODER EJECUTIVO NACIONAL un plan de modernización de la logística antártica”. Análisis de medidas tendientes a fortalecer la posición argentina Debido a su situación geográfica, la República Argentina se encuentra en una posición que la obliga a ser un referente en las cuestiones antárticas. Así lo ha sido hasta el momento, en parte gracias a un temprano reconocimiento al inicio del siglo XX de las posibilidades y las responsabilidades que brindaban esas tierras, y en parte debido a políticas sensatas y mantenidas a lo largo del tiempo, que hicieron de la Argentina un país reconocido en el STA, tanto por su ininterrumpida presencia como por el profesionalismo con que se desarrolla el Programa Antártico Argentino. Sin embargo, este relativo liderazgo en las cuestiones antárticas no está tallado en piedra. En las últimas tres décadas se han instalado gran cantidad de bases y estaciones científicas nuevas, muchas de ellas en el sector reclamado por la Argentina, y una gran cantidad de países se han incorporado al STA. Esto de por sí presenta un problema importante, ya que, si en un futuro se llegara a dejar sin efecto el TA, es de suponer que se generarían conflictos en cuanto a los reclamos de derechos soberanos. En primer lugar, porque permanece latente la superposición de los reclamos Argentino- Chileno-Británico. En segundo lugar, porque es lógico prever reclamos territoriales de las repúblicas de China y Brasil, en función de su actividad antártica y a la posición que ocupan en el plano geopolítico. Esta situación, al igual que la revisión del Protocolo de Madrid en el año 2048, no puede tomar por sorpresa a la República Argentina. Para que esto no suceda, se requerirá un esfuerzo aún mayor al actual, para poder continuar sosteniendo y desarrollando las políticas adecuadas en el largo plazo y modificar aquellas que resulten ineficientes, improductivas o inadecuadas.