Mi primera publicacion planeacion participativa | Page 48
247. Proponemos la conformación de dos tipos de instancias de participación ciudadana en cada
uno de los tres niveles:
▪ el Consejo de Planificación Participativa
▪ la Asamblea de Planificación Participativa, con participación delegada en el caso de las
asambleas municipales y de áreas territoriales, y con participación directa en el caso de las
comunidades.
municipio
Consejo de Planificación
participativa
área territorial
Instancias de
participación
ciudadana
Asamblea de Planificación
Participativa
comunidad
1) CONSEJOS DE PLANIFICACIÓN PARTICIPATIVA
a) Instancia rectora
248. El Consejos de Planificación Participativa es la instancia rectora del proceso en cada nivel en
que éste se desarrolla (municipio, área territorial, comunidad).
249. Su función fundamental es elaborar las propuestas de Plan de Desarrollo, Presupuesto y Plan
de Inversión Anual en su respectivo nivel, y aprobarlas en primera instancia, ya que la aprobación
definitiva deberá ser realizada por la Asamblea de Planificación Participativa correspondiente.
250. Para poder lograr este objetivo debe discutir y aprobar las grandes líneas de ingresos y egresos
(matriz presupuestaria) presentadas por el Equipo de Planificación y Presupuesto en cada nivel,
velando porque hayan sido consideradas en ella las aspiraciones de la población traducidas en
demandas de obras y servicios.
b) Tareas del Consejo de Planificación Participativa
251. Previamente a señalar las tareas que debe cumplir el Consejo de Planificación Participativa en
cada nivel debemos recordar que antes de que se inicie el proceso de planificación participativa
propiamente tal, la Alcaldía y el Equipo de Planificación y Presupuesto Municipal elaboran y
presentan diversas propuestas que van a dar forma a todo el proceso: la delimitación de las áreas
territoriales y de las comunidades; la previsión plurianual y anual de los ingresos y egresos del
municipio y de los fondos disponibles para la financiación del Plan de Desarrollo Municipal; la
descentralización de competencias y recursos humanos, materiales y financieros al conjunto de las
áreas territoriales; los criterios para el reparto de los recursos financieros entre los diferentes
territorios; y el reglamento provisional que regirá la fase inicial del proceso.
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