Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 87
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de Bases para presentar la iniciativa ante la Plenaria Nacional de
Delegados y se requiere del 50% + 1 de votos.
• Para iniciar el Proceso de Revocatoria de la Secretaria General de
Junta Directiva de Base se debe recabar la firma de un tercio de los
integrantes de la Base para presentar la iniciativa ante la Asamblea
General de Base y se requiere del 50% + 1 de votos.
Artículo 64°.-
El proceso de revocatoria de la Secretaria General del Consejo Ejecutivo
Nacional inicia su etapa instructiva a través del Comité Permanente de
ética y Procesos Disciplinarios de la Plenaria Nacional de Delegados(as)
y finaliza con la etapa sancionadora.
Artículo 65°.-
El proceso de revocatoria de la Secretaria General de la Junta Directiva
de Base, inicia su etapa instructiva a través del Comité Permanente de
Ética y Procesos Disciplinarios de la Asamblea General de Delegados(as)
y finaliza con la etapa sancionadora.
Artículo 66°.-
En caso de producirse la destitución por revocatoria de la Secretaria Ge-
neral del cargo que ostenta en el órgano de gobierno correspondiente,
la Plenaria Nacional de Delegadas/os ó la Asamblea General de Agre-
miados de Base según el fuero correspondiente, elegirá una Junta Tran-
sitoria por un periodo máximo de 06 meses y está obligada a convocar
elecciones con 100 días de antelación al fin del periodo transitorio.
Artículo 67°.-
Los cargos distintos al de Secretaría General del Consejo Ejecutivo
Nacional y de la Junta Directiva de Base, tienen una duración de 3 años
el mismo que puede interrumpirse por causal de vacancia, suspensión
temporal y revocatoria, asimismo se interrumpe por renuncia aceptada
por la Plenaria Nacional de Delegado/as o Asamblea General de Base.
Las causales están contempladas en el artículo 60 del presente
reglamento.
Artículo 68°.-
La vacancia de un cargo distinto al de la Secretaria General se declara
por causal o renuncia aceptada por la Plenaria Nacional de Delegadas/os
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