Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Seite 85
CO M P E N D I O 2 0 19
Artículo 59°.-
DE LA DIRECCION DEL DEBATE Y LOS ACUERDOS:
a) La conducción de los debates estará a cargo del Secretario General
de la Junta Directiva de Base o del Consejo Ejecutivo Nacional, o de
quien presida la Comisión.
b) La Secretaria de Control y Disciplina exigirá la puntualidad en las
horas fijadas para las diversas tareas programadas, así como velar su
cumplimiento.
c) Los acuerdos serán registrados en el libro por el Secretario de
Actas.
d) Las conclusiones de las sesiones del Congreso Nacional o de la
Plenaria Nacional de Delegadas/os, será remitido por el Consejo
Ejecutivo Nacional a las Secretarías Generales de las Juntas Directivas
de Base en un plazo de 7 días hábiles. En caso de comisiones, de
acuerdo a los estamentos con funciones, facultades y grado de
responsabilidad, el informe debe ser entregado en 2 meses como
límite. Las conclusiones sólo se remiten al Consejo Ejecutivo Nacional
de ser requeridas o sea necesario según criterio.
e) Los asuntos no contemplados en el presente reglamento serán
resueltos por los asistentes a la sesión.
CAPITULO IX
SOBRE LA RENUNCIA, DESTITUCIÓN Y REVOCATORIA DE
MIEMBROS DEL CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL Y LA JUNTA
DIRECTIVA DE BASE
Artículo 60°.-
El cargo de Secretaria General del Consejo Ejecutivo Nacional y de la
Junta Directiva de Base, son irrenunciables. El periodo es de 03 años,
salvo causal que interrumpa el periodo: por vacancia, suspensión
temporal ó revocatoria.
Las causales de la vacancia de acuerdo a su naturaleza son:
Causales por Salud:
a) Muerte
[ 84 ]