Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Seite 85

CO M P E N D I O 2 0 19 Artículo 59°.- DE LA DIRECCION DEL DEBATE Y LOS ACUERDOS: a) La conducción de los debates estará a cargo del Secretario General de la Junta Directiva de Base o del Consejo Ejecutivo Nacional, o de quien presida la Comisión. b) La Secretaria de Control y Disciplina exigirá la puntualidad en las horas fijadas para las diversas tareas programadas, así como velar su cumplimiento. c) Los acuerdos serán registrados en el libro por el Secretario de Actas. d) Las conclusiones de las sesiones del Congreso Nacional o de la Plenaria Nacional de Delegadas/os, será remitido por el Consejo Ejecutivo Nacional a las Secretarías Generales de las Juntas Directivas de Base en un plazo de 7 días hábiles. En caso de comisiones, de acuerdo a los estamentos con funciones, facultades y grado de responsabilidad, el informe debe ser entregado en 2 meses como límite. Las conclusiones sólo se remiten al Consejo Ejecutivo Nacional de ser requeridas o sea necesario según criterio. e) Los asuntos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por los asistentes a la sesión. CAPITULO IX SOBRE LA RENUNCIA, DESTITUCIÓN Y REVOCATORIA DE MIEMBROS DEL CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL Y LA JUNTA DIRECTIVA DE BASE Artículo 60°.- El cargo de Secretaria General del Consejo Ejecutivo Nacional y de la Junta Directiva de Base, son irrenunciables. El periodo es de 03 años, salvo causal que interrumpa el periodo: por vacancia, suspensión temporal ó revocatoria. Las causales de la vacancia de acuerdo a su naturaleza son: Causales por Salud: a) Muerte [ 84 ]