Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Seite 75
CO M P E N D I O 2 0 19
Artículo 24°.-
Las Bases filiales acreditarán la asistencia de sus Delegados/asen la
siguiente proporción:
- Hasta 25 agremiadas(os): la Secretaría General o delegada(o).
- De 25 a 50 agremiadas(os): la Secretaría General más un delegada(o).
- De 51 a 100 agremiadas(os): la Secretaría General más 2 delegadas(os).
- De 101 a 200 agremiadas(os): la Secretaría General más 3
delegadas(os).
- De 201 a 300 agremiadas(os): la Secretaría General más 4
delegadas(os).
- De 301 a 400 agremiadas(os): la Secretaría General más 5
delegadas(os).
- De 401 a 500 agremiadas(os): la Secretaría General más 6
delegadas(os).
-
A partir de 501 por cada 100 agremiadas(os) una delegada(o).
Artículo 25°.-
Las bases deberán realizar la acreditación de sus delegadas(os) al
Congreso Nacional y/o Plenaria Nacional de Delegadas/os con una
anticipación de 15 días calendarios previos a su realización, mediante
documento adjuntando el acta correspondiente remitidos en físico
o mediante medio electrónico.
Artículo 26°.-
No participarán en el Congreso Nacional y/o la Plenaria Nacional de
Delegadas/os quienes no cuenten con la confirmación de su acredita-
ción.
CAPITULO IV
DEL CONSEJO EJECUTIVO NACIONAL
Artículo 27°.-
El Consejo Ejecutivo Nacional es el órgano de dirección administrativo y
ejecutivo del SINESSS. Cada gestión es elegida cada 3 años.
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