Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 33
CO M P E N D I O 2 0 19
n) Aprobar la disolución del SINESSS.
o) Elegir el Comité Permanente de Ética y Procesos Disciplinarios, cuya
sigla es CPEyPD.
Artículo 15°.-
El Congreso Nacional se realizará con carácter ordinario cada 3 años. El
quórum para su instalación será de la mitad más uno de las bases filiales
del SINESSS en primera citación y con los que se encuentren presentes
en segunda citación; adoptando los acuerdos por mayoría simple de
votos de las(os) delegadas(os) asistentes.
Artículo 16°.-
La Comisión Organizadora del Congreso Nacional Ordinario del
SINESSS será designada por el Consejo Ejecutivo Nacional del SINESSS,
considerando a las(os) agremiadas(os) de la sede del Congreso.
Artículo 17°.-
El Consejo Ejecutivo Nacional del SINESSS distribuirá con quince (15) días
hábiles de anticipación a la realización del Congreso Nacional Ordinario,
el informe general y económico de su gestión.
Artículo 18°.-
La convocatoria y temario del Congreso Nacional Ordinario del SINESSS
se publicará en un diario de circulación nacional con 45 días de
anticipación.
Artículo 19°.-
La Comisión Organizadora del Congreso Nacional Ordinario presenta-
rá la propuesta de proyecto de reglamento al Congreso Nacional Or-
dinario.
Artículo 20°.-
El Congreso Nacional se realizará con carácter extraordinario:
a) Cuando lo solicite la mitad más uno de las bases filiales.
b) Cuando lo solicite la mitad más uno de los miembros de la Plenaria
Nacional de delegados.
c) El Congreso Nacional Extraordinario se ceñirá a la agenda para la
cual ha sido convocada.
[ 32 ]