Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 33

CO M P E N D I O 2 0 19 n) Aprobar la disolución del SINESSS. o) Elegir el Comité Permanente de Ética y Procesos Disciplinarios, cuya sigla es CPEyPD. Artículo 15°.- El Congreso Nacional se realizará con carácter ordinario cada 3 años. El quórum para su instalación será de la mitad más uno de las bases filiales del SINESSS en primera citación y con los que se encuentren presentes en segunda citación; adoptando los acuerdos por mayoría simple de votos de las(os) delegadas(os) asistentes. Artículo 16°.- La Comisión Organizadora del Congreso Nacional Ordinario del SINESSS será designada por el Consejo Ejecutivo Nacional del SINESSS, considerando a las(os) agremiadas(os) de la sede del Congreso. Artículo 17°.- El Consejo Ejecutivo Nacional del SINESSS distribuirá con quince (15) días hábiles de anticipación a la realización del Congreso Nacional Ordinario, el informe general y económico de su gestión. Artículo 18°.- La convocatoria y temario del Congreso Nacional Ordinario del SINESSS se publicará en un diario de circulación nacional con 45 días de anticipación. Artículo 19°.- La Comisión Organizadora del Congreso Nacional Ordinario presenta- rá la propuesta de proyecto de reglamento al Congreso Nacional Or- dinario. Artículo 20°.- El Congreso Nacional se realizará con carácter extraordinario: a) Cuando lo solicite la mitad más uno de las bases filiales. b) Cuando lo solicite la mitad más uno de los miembros de la Plenaria Nacional de delegados. c) El Congreso Nacional Extraordinario se ceñirá a la agenda para la cual ha sido convocada. [ 32 ]