Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Seite 121
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de descuento CAEE SINESSS y permanecer en el sindicato hasta su
jubilación o fallecimiento en cumplimiento al acuerdo de la Plenaria
Nacional Extraordinaria realizada el 03 de Julio del 2015.
Artículo 46°.- La relación de dichas beneficiarias/beneficiarios se encuentra
en la página web así como en el Libro de Actas del Comité CAEE SINESSS
cuya revisión es de uso obligatorio al momento de la calificación de
nuevos expedientes de parte del Comité respectivo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 47°.- Las bases filiales cumplirán con regularizar y remitir al CEN
SINESSS la declaratoria de beneficiarios en sobre debidamente lacrados
contando para ello con 120 días a partir de la aprobación del presente
reglamento.
Artículo 48°.- El afiliado/afiliada al SINESSS regularizará la declaratoria de
beneficiarios de la CAEE hasta el mes de Marzo del 2016, en caso de
incumplimiento caducará su derecho.
Artículo 49°.- Las bases filiales cumplirán con remitir la Declaratoria de
Beneficiarios a la CAEE al CEN SINESSS mensualmente en sobres
debidamente lacrados y firmados, documentos que permanecerán
en custodia en la Secretaria de Bienestar del CEN SINESSS quien a su
vez utilizará todos los medios de respaldo para su verificación en el
momento oportuno.
Artículo 50°.- El afiliado/afiliada al SINESSS regularizará el beneficio pendiente
de la CAEE en el periodo comprendido entre Diciembre del 2013 hasta
seis (6) meses a la fecha de aprobación del presente reglamento, fecha
en que caducará su derecho a percibirlo.
Articulo 51.- El descuento correspondiente a la CAEE SINESSS se mantendrá
en un máximo de 40 soles mensuales para atender el embalse de
expedientes en espera correspondientes al periodo Diciembre 2013
mientras dure el embalse. Una vez concluida la resolución del embalse,
se procederá al descuento máximo de 20 soles mensuales en caso de ser
necesario, en cumplimiento a lo establecido en el art. 18° del presente
reglamento.
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