Artículo 34 . Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior , las autoridades correspondientes garantizarán el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo , así como el derecho fundamental a la no discriminación de aquellas en las ofertas laborales , en la formación y promoción profesional , en las condiciones de trabajo , incluidas las retributivas , y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales , empresariales o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta .
Efectos Positivos :
En la actualidad , todavía hay mucho debate acerca de la igualdad entre hombres y mujeres en la sociedad . Pues por un lado están muy arraigadas las costumbres de la cultura considerada “ machista ”, donde se da preponderancia a la desigualdad de trato entre hombres y mujeres ; ya que por su género se les encasilla en roles que deben de cumplir . No olvidemos que , incluso hace unos días , el eurodiputado polaco Janusz Korwin-Mikke expresó que “ las mujeres deben ganar menos porque son más débiles ”. Por otro lado está el discurso del feminismo , que defiende la equidad e igualdad de género , y al cual también se le llega a atacar considerándolo un machismo que tiene a mujeres como protagonistas , en lugar de a los hombres . Afortunadamente , en México está la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres , en donde se establece que ambos géneros son iguales ante la ley y que el gobierno , mediante los organismos correspondientes , se encargará de crear programas a nivel social , empresarial y gubernamental para promover el trato igualitario tanto en política , educación y economía a las mujeres y hombres que estén transitando por territorio mexicano o que sean ciudadanos mexicanos .
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