Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Página 81

“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS” SALA LABORAL – CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CERTIFICACIÓN La Infrascrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia; Certifica: La Sentencia que literalmente dice: “C0RTE SUPREMA DE JUSTICIA.- SALA LABORALCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. En la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintisiete días del mes de agosto del dos mil trece, la SALA LABORALCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, integrada por los Magistrados: VICTOR MANUEL MARTINEZ SILVA, como Coordinador, ROSA DE LOURDES PAZ HASLAM y JOSE TOMAS ARITA VALLE, designado el primero como ponente para el conocimiento y redacción de la resolución del presente Recurso de Casación interpuesto y en la fecha supra indicada dictan el siguiente AUTO: SON PARTES: Recurrente: MARCO TULIO BURGOS CORDOVA, representada en juicio por la Abogada VILMA J. MATUTE DE BURGOS. OBJETO DEL PROCESO: Que el demandante se contrae a pedir la declaración de no ser conforme a Derecho un acto Administrativo de carácter particular y su correspondiente anulación por infracción del ordenamiento Jurídico, promovida ante el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, de Tegucigalpa, M.D.C., Departamento de Francisco Morazán, en fecha once de enero del dos mil once, por la Abogada VILMA J. MATUTE DE BURGOS, quién actúa en su condición de apoderado del señor MARCO TULIO BURGOS CORDOVA, contra el TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS. ANTECEDENTES DE HECHO. 1.- La parte demandante, el señor MARCO TULIO BURGOS CORDOVA, en el escrito de su acción manifiesta que el 16 de junio del 2003, se firmó en la ciudad de Madrid, España, el documento titulado “PROGRAMA DE COOPERACIÓN FINANCIERA HISPANO-HONDUREÑO (2003- 2005)”, mediante el cual el Ministerio de Economía de aquel país manifestó su intensión de poner a disposición del Gobierno de Honduras facilidades hasta por un monto de 83 Millones de Euros para financiar exportaciones de bienes y servicios españoles destinados a proyectos de interés común, por un período de tres años, convenio que fue aprobado por el Congreso Nacional de Honduras mediante el Decreto Número 147-2003 del 17 de septiembre del 2003, que fue publicado en el Diario Oficial de La Gaceta el 24 de noviembre del mismo año, crédito que en su totalidad estaría a cargo del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) de España, estipulándose que los proyectos que se beneficiarían con dicha financiación concesional se decidirían conjuntamente por ambos países, teniendo en cuenta la priorización que haría la Secretaría de Finanzas de Honduras y en la cláusula 2.3 del señalado instrumento se lee lo siguiente: “El sistema de adjudicación de proyectos a financiar con créditos concesionales con cargo a este Programa, será el de licitación restringida a empresas españolas, pudiéndose acordar por ambas partes, bajo circunstancias excepcionales, otras formas de adjudicación acordes con la legislación vigente en ambos países. Que el 27 de diciembre de 2007, se recibieron y abrieron los sobres con las ofertas de las tres (3) empresas españolas invitadas a LICITAR en forma privada, resultando que las ofertas económicas que presentaron fueron las que a continuación señalo: TELVENT EXPANSIÓN EXTERIOR, 19,156,918.72 euros; MAKIBER SICE, 19,193,527.69 euros, y ADASA-EMTE-DOMINION, 18,993,572.80 euros. Posteriormente el 28 de diciembre de 2007, la Junta Directiva de COPECO acordó adjudicar al Consorcio español DOMINION-ADASA-EMTE el proyecto “Modernización de Equipamiento Medioambiental y de Protección Civil Coordinado por COPECO”, por presentar el precio más bajo y cumplir con las especificaciones técnicas y legales requeridas en las bases de la licitación, en consonancia con la Ley de Contratación del Estado y el 29 de diciembre de 2007, se firmó el Contrato entre COPECO y el Consorcio ADASA-EMTE-DOMINION. Que el 29 de mayo de 2008, el nuevo Director General de Comercio e Inversiones del gobierno español, señor Antonio Sánchez Bustamante, comunicó a la titular de la Secretaría de Finanzas de Honduras su nombramiento y le hizo saber que no se podría atender la financiación del proyecto de COPECO, con cargo a los fondos FAD, debido al tiempo que se ha dejado transcurrir y tratarse de un programa para el período 2003-2005. Que en el mes de junio del 2008, se iniciaron las audiencias de descargo a los funcionarios de COPECO que participamos en el proceso de la mal llamada “contratación 80 Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016