Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 56

“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS” El convencimiento era generalizado en la región en cuanto a que los esfuerzos de modernización se debían orientar a lograr la eficiencia judicial mediante el fomento de la oralidad, el desarrollo de mecanismos alternos de solución de conflictos y en especial, la promoción de una gerencia judicial efectiva bajo estándares de calidad. Dicho en otras palabras, el propósito debía ser estimular el desarrollo de sistemas de gestión de calidad judicial en nuestras jurisdicciones laborales, incluyendo mecanismos de medición y rendimiento, monitoreo de la carga efectiva de trabajo y la satisfacción del ciudadano (a) como usuario (a) del sistema. Otro de los propósitos de este tipo de cónclaves fue analizar, a través del Derecho Comparado, si en todas las jurisdicciones laborales de la región existía una vigencia efectiva de los Derechos Fundamentales del Trabajo mencionados en la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales de la OIT: la libertad sindical y la negociación colectiva, la igualdad y no discriminación, la abolición del trabajo forzoso y la erradicación del trabajo infantil; así como el cumplimiento de las Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia a Grupos Vulnerables tales como mujeres, niños, niñas y adolescentes e indígenas, entre otros. Fue obvio que todas las delegaciones pensaran como un siguiente paso que, para garantizar un adecuado seguimiento de las declaraciones emanadas de los encuentros, se debía establecer una Secretaria Permanente de los encuentros de Salas Laborales de las Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia de Centroamérica y el Caribe, que también debía encargarse de la de difusión e intercambio de información y buenas prácticas. En el Segundo Encuentro celebrado en Antigua Guatemala se materializó la idea de establecer la Secretaría Permanente, responsabilidad que recayó en Honduras, a partir de esa fecha y hasta el próximo encuentro y se le mandató para que comenzara la gestión de apoyo técnico para su funcionamiento a la OIT para América Central. En el Tercer Encuentro se acordó que la Secretaría Permanente debía continuar siendo ejercida por la Corte Suprema de Justicia de Honduras, por medio de su Sala LaboralContencioso Administrativa y también que se debía establecer una Secretaría pro-tempore cuyo ejercicio correspondería al país sede de la realización del encuentro hasta la celebración del siguiente. Fue en este mismo Encuentro que se acordó cambiar la denominación de las reuniones a “Conferencia Centroamericana y del Caribe de Justicia Laboral”, de manera que los encuentros fueran parte de las actividades de la conferencia y ésta fuera inclusiva no solo de Salas de Cortes y Tribunales de Justicia Laboral sino también de Cámaras de Amparo y Antejuicio. La dinámica creada por la Conferencia de Justicia Laboral ha comenzado a producir significativos avances en la gestión de calidad del Derecho del Trabajo en distintos países del área centroamericana. Es así como vemos: • La reciente acreditación en calidad obtenida por la Sala-Laboral-Contencioso Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de Honduras con base en la Norma GICA-Justicia desarrollada por el Poder Judicial de Costa Rica. • El estímulo al desarrollo e implementación de herramientas tecnológicas para la celeridad de los procesos judiciales laborales y para la conformación de la carpeta electrónica y su consulta en línea por los usuarios y las instituciones del sector público involucradas con la justicia laboral. • Los esfuerzos actualmente en marcha para modernizar las normas procesales del trabajo basadas en la más moderna doctrina procesalista: Oralidad, Concentración, Inmediación, Celeridad, Modalidades Especiales para la tutela de los Derechos Fundamentales en el Trabajo y Defensa Jurídica Gratuita, entre otros. Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016 55