Memoria Sala Laboral Contencioso Administrativo 2009-2016 | Page 56
“SIETE AÑOS DE TRABAJO, FRUTOS Y PERSPECTIVAS”
El convencimiento era generalizado en la región
en cuanto a que los esfuerzos de modernización
se debían orientar a lograr la eficiencia judicial
mediante el fomento de la oralidad, el desarrollo
de mecanismos alternos de solución de conflictos
y en especial, la promoción de una gerencia
judicial efectiva bajo estándares de calidad.
Dicho en otras palabras, el propósito debía ser
estimular el desarrollo de sistemas de gestión
de calidad judicial en nuestras jurisdicciones
laborales, incluyendo mecanismos de medición
y rendimiento, monitoreo de la carga efectiva de
trabajo y la satisfacción del ciudadano (a) como
usuario (a) del sistema.
Otro de los propósitos de este tipo de cónclaves
fue analizar, a través del Derecho Comparado, si
en todas las jurisdicciones laborales de la región
existía una vigencia efectiva de los Derechos
Fundamentales del Trabajo mencionados
en la Declaración de Principios y Derechos
Fundamentales de la OIT: la libertad sindical
y la negociación colectiva, la igualdad y no
discriminación, la abolición del trabajo forzoso
y la erradicación del trabajo infantil; así como el
cumplimiento de las Reglas de Brasilia sobre el
Acceso a la Justicia a Grupos Vulnerables tales
como mujeres, niños, niñas y adolescentes e
indígenas, entre otros.
Fue obvio que todas las delegaciones pensaran
como un siguiente paso que, para garantizar
un adecuado seguimiento de las declaraciones
emanadas de los encuentros, se debía
establecer una Secretaria Permanente de los
encuentros de Salas Laborales de las Cortes
Supremas y Tribunales Supremos de Justicia de
Centroamérica y el Caribe, que también debía
encargarse de la de difusión e intercambio de
información y buenas prácticas.
En el Segundo Encuentro celebrado en Antigua
Guatemala se materializó la idea de establecer
la Secretaría Permanente, responsabilidad que
recayó en Honduras, a partir de esa fecha y hasta
el próximo encuentro y se le mandató para que
comenzara la gestión de apoyo técnico para su
funcionamiento a la OIT para América Central.
En el Tercer Encuentro se acordó que la
Secretaría Permanente debía continuar siendo
ejercida por la Corte Suprema de Justicia de
Honduras, por medio de su Sala LaboralContencioso Administrativa y también que se
debía establecer una Secretaría pro-tempore
cuyo ejercicio correspondería al país sede de la
realización del encuentro hasta la celebración
del siguiente.
Fue en este mismo Encuentro que se acordó
cambiar la denominación de las reuniones a
“Conferencia Centroamericana y del Caribe de
Justicia Laboral”, de manera que los encuentros
fueran parte de las actividades de la conferencia
y ésta fuera inclusiva no solo de Salas de Cortes
y Tribunales de Justicia Laboral sino también de
Cámaras de Amparo y Antejuicio.
La dinámica creada por la Conferencia de
Justicia Laboral ha comenzado a producir
significativos avances en la gestión de calidad
del Derecho del Trabajo en distintos países del
área centroamericana. Es así como vemos:
• La reciente acreditación en calidad
obtenida por la Sala-Laboral-Contencioso
Administrativa de la Corte Suprema de
Justicia de Honduras con base en la Norma
GICA-Justicia desarrollada por el Poder
Judicial de Costa Rica.
• El estímulo al desarrollo e implementación
de herramientas tecnológicas para la
celeridad de los procesos judiciales
laborales y para la conformación de la
carpeta electrónica y su consulta en línea
por los usuarios y las instituciones del
sector público involucradas con la justicia
laboral.
• Los esfuerzos actualmente en marcha para
modernizar las normas procesales del
trabajo basadas en la más moderna doctrina
procesalista: Oralidad, Concentración,
Inmediación, Celeridad, Modalidades
Especiales para la tutela de los Derechos
Fundamentales en el Trabajo y Defensa
Jurídica Gratuita, entre otros.
Memoria de la Sala Laboral-Contencioso Administrativo para el Período 2009-2016
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