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El ejercicio ilegal de la profesión implica asumir en la práctica los efectos de la misma, sin cumplir con los requisitos profesionales y legales para desempeñarla.
Es del caso también agregar que muchas conductas y acciones no quedan circunscritas a una norma legal determinada, sino que son obtenidas de la práctica, es decir, de los procedimientos y acciones que el Medico Veterinario va realizando en el progreso sostenido del ámbito profesional. Así, aparecen cada día nuevas normas, leyes y actos que van evolucionando y que deben considerarse para ver si se ha cometido el delito respectivo de ejercicio ilegal de la profesión.
Los actos que se realicen deben ser actos propios de la profesión:
Basta un solo acto que caiga en la órbita de la competencia profesional. La descripción del delito no exige varios actos.
No por el hecho que el delincuente reciba dinero por concepto de honorarios el delito se transforma en estafa, si no que sigue siendo ejercicio ilegal de la profesión.
El ejercicio ilegal de la profesión es, por una parte, un atentado a la “fe pública” en tanto se simula contar con las competencias y acreditaciones necesarias para ejecutar las funciones propias de la Medicina Veterinaria. En este sentido el sujeto lesionado es la sociedad toda ya que se ve expuesta a una apariencia dolosa de competencias inexistentes que desestabiliza el sistema jurídico-judicial en general.
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