Maya Politic Veracruz #21 de Agosto 2019 Maya Politic Veracruz #21 de Agosto 2019 - Web | Page 3
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EDITORIAL #21
CONEVAL, ¿Por qué este organismo
es tan oneroso para el Estado?
El pasado 29 de julio durante su conferencia matutina, el presidente de la repúbli-
ca, Andrés Manuel López Obrador dijo que es una contradicción que el CONEVAL
(Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social) tenga sueldos
elevados y gastos onerosos, cuando es el instituto encargado de medir la pobreza;
criticó que el director anterior, Gonzalo Hernández Licona tuviera un sueldo de 200
mil pesos: “Además de todo, resultan estos organismos onerosos, costosísimos para
el instituto que mide la pobreza, es una contradicción, es algo ofensivo”.
Ante este comentario, el exfuncionario publicó un tuit y una imagen, en donde se
observan los datos de Nómina Transparente de la Administración Pública Federal
indicando que su sueldo era de 132 mil 312 pesos mensuales netos, y en bruto 91
mil 957 pesos.
López Obrador cuestionó que el director anterior del CONEVAL estuviera en el cargo
13 años y ganara más de 200 mil pesos al mes, por lo que propuso que el nuevo di-
rector de dicho organismo gane algo similar a un doctor o a un ingeniero: “No puede
ser que por ser director gane una fortuna mensualmente”.
Independientemente de que si al sueldo neto o bruto del exdirector faltó agregarle
todas las prestaciones, gratificaciones y apoyos económicos que además recibía, y
que probablemente con ellas ascendería a más de 200 mil pesos, siguen siendo los
sueldos de algunos directores sumamente onerosos.
A lo anterior, cabe agregar que el 31 de octubre del año pasado se publicó en el
Diario Oficial de la Federación el decreto de la Ley Federal de Remuneraciones de
los Servidores Públicos mismo que entró en vigor una semana después (el 6 de no-
viembre). La Ley expresa en su artículo sexto que ningún servidor público recibirá
remuneraciones o retribuciones mayores a las dispuestas para el Presidente de la
República en el Presupuesto de Egresos, y se aclaró que para la administración que
entraba en funciones el 1 de diciembre, la dieta dispuesta para el presidente sería de
108 mil pesos mensuales. A pesar de que en el reglamento se indica que ningún fun-
cionario podría percibir remuneraciones mayores a las de su superior jerárquico, los
magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación expresaron su inconfor-
midad y la fundamentaron en el artículo 94 de la Constitución para la remuneración
que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de
Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, y que segui-
rían percibiendo un sueldo mensual de 269,215 pesos.
Lo más importante es entender que a pesar de haber una ley que regula los sueldos
de los servidores públicos, hay aún limitantes que impiden avanzar a una mayor
equidad, al no establecerse un tope a los sueldos en relación con los salarios míni-
mos; sería deseable que se establecieran indicadores de topes salariales, tal como
ocurre en algunos de los países más desarrollados en los que los funcionarios públi-
cos de más alto rango, no pueden percibir más de 8 veces el salario mínimo y con
ello se evita que los sueldos no se disparen desproporcionadamente y se generen
condiciones de ingresos más equilibradas dentro de la administración pública.