Maternidad VOLUMEN 1 | Page 6

¿ Cómo realizar el proceso?

La empleada debe entregar al empleador un certificado médico, en el cual conste su estado de embarazo, la fecha probable de parto y el día en que debe iniciarse la licencia. Asimismo es importante avisar a la empresa las necesidades particulares para que esta pueda apoyarla en temas de salud ocupacional y sicológica.
“ En primer lugar, la colaboradora comenta su situación con el jefe inmediato, en este momento no se solicita ningún documento, a partir del parto nuestras colegas tienen un mes para acercarse a la compañía y hacer entrega del certificado de nacimiento”, asegura Arteaga.
No obstante, las trabajadoras no podrán ser protegidas por riesgos profesionales ni obtener auxilio de transporte o subsidio de dotación, resalta Mejía. De igual manera, las madres adoptantes gozan de los mismos derechos que las progenitoras, es decir que se contempla el mismo periodo desde la fecha de entrega oficial del menor de edad.
La licencia es reconocida por las Empresas Promotoras de Salud( EPS), siempre que se hayan cotizado de manera ininterrumpid.

Las madres tienen derecho a recibir las prestaciones sociales durante el periodo señalado, disfrutar de la licencia desde el día del parto hasta el 98, devengar el 100 por ciento de su salario y no ser despedida. imagen 5 imagen 6

6 7

Protección en la Maternidad