Marco de Lineamiento Multigrado Programa Nacional de Informática Educativa MEP – F | Page 52

Programa Nacional de Informática Educativa MEP-FOD Área de aprendizaje con tecnologías móviles Propuesta Educativa Multigrado o) Los beneficiados que finalicen el Segundo Ciclo lectivo o el IV Ciclo, deberán devolver los equipos al cierre de ese curso lectivo, siguiendo los procedimientos establecidos y comunicados. Sobre la responsabilidad en el uso de los recursos tecnológicos por parte de los beneficiarios. p) Las autoridades educativas deben llevar el control interno para la gestión de los recursos tecnológicos móviles, esto es; documentar las entregas, recibos y el estado de los equipos en cada caso. q) Si el equipo fuera objeto de robo, hurto, extravío o daño, el beneficiario debe obligatoriamente seguir el procedimiento oficial de comunicación al docente o autoridad educativa de la institución correspondiente, a la FOD y a la autoridad competente en las dos primeras eventualidades (robo o hurto), el cual fue comunicado y se encuentra instalado en los equipos y documentació n entregada al beneficiario. En el momento de pérdida o deterioro de alguno de los accesorios, el beneficiario debe informar por escrito al docente o autoridad educativa de la institución, quien comunicará al Centro de Soporte de la FOD para lo que corresponda. r) Entre el beneficiario y el docente o autoridad educativa de la institución, deben efectuar el inventario de accesorios que entrega y reciben respectivamente, documentar el estado del equipo y suscribir el acuse de recibo correspondiente, con lo cual se libera a los beneficiados con el uso de los recursos tecnológicos móviles, de su responsabilidad por la custodia y cuido del equipo devuelto, durante el tiempo que dure su ausencia temporal o definitiva de la institución. s) El uso y tenencia de los recursos tecnológicos y sus accesorios, está estrechamente vinculado con la normativa interna del Centro Educativo en que el beneficiario cursa sus estudios, así como las leyes y reglamentos que rigen la gestión administrativa y el uso de recursos públicos en casos de docentes o autoridades educativas. t) De comprobarse uso indebido, descuido, maltrato de los recursos tecnológicos u otro deterioro que evidencie falta de responsabilidad del beneficiario, el PRONIE MEP FOD se reserva el derecho a retirar los recursos tecnológicos entregados y elevar el informe de la presunta falta, según sea su gravedad, a las instancias respectivas del Centro Educativo y/o del Ministerio de Educación Pública. Sobre el traslado de los recursos tecnológicos para recibir mantenimiento correctivo y preventivo. u) Cuando los recursos tecnológicos móviles deban ser remitidos a las instalaciones del proveedor del servicio o a la FOD para recibir mantenimientos correctivos (reparaciones) o preventivos (limpieza y revisiones con carácter preventivo), queda excluida la responsabilidad por parte de los beneficiados sobre el equipo devuelto, 52