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Aquella inversión que hacen agentes de una economía en bonos, acciones
Y otras participaciones que no constituyen inversión extranjera directa
Ni reservas internacionales.
INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA:
La define el FMI como "la inversión cuyo objeto sea adquirir una participación
Permanente y efectiva en la dirección de una empresa en una
Economía que no sea la del inversionista." La inversión debe contemplar
Los cambios en la participación efectiva en el capital de las empresas,
Incluidas las utilidades que se reinvierten.
IVA (IMPUESTO SOBRE EL VALOR AGREGADO):
Es una figura fiscal aplicable en un gran número de países, y cuyo principio
Básico consiste en que su pago se efectúa en cada fase del proceso
Productivo sobre el valor agregado en cada fase. El IVA es un impuesto
Técnicamente muy definido, por cuanto es completamente neutral, particularmente
En las operaciones de exportación e importación.
L
LARGO PLAZO:
Periodo de tiempo suficientemente amplio para que la cantidad de capital
Pueda ajustarse al nivel deseado.
Periodo suficientemente largo para lograr un equilibrio.
Cualquier periodo amplio.
LEASING:
Técnica de crédito profesional que comporta un contrato de alquiler de
Equipos mobiliarios e inmobiliarios, acompañado de promesa de venta u
Opción de compra al arrendatario.
LETRA DE CAMBIO:
Es una orden incondicional de pasar una suma de dinero determinada.
Puede expedirse a la orden o al potador, o puede también definirse como
Un título librado por un entidad crediticia a la orden de sí misma, y que se
Negocia en la bolsa.
LEY DE OFERTA Y DEMANDA:
Ley económica que afirma que el precio de un determinado bien se obtiene
Por interacción de la oferta y la demanda, y es el que iguala la cantidad
Ofrecida con la demanda en el mercado.
LIBRE EMPRESA:
Sistema económico basado en la propiedad privada de los medios de