Acuerdo o contrato de compra venta de títulos mediante el cual el comprador
adquiere la obligación de transferir nuevamente al vendedor inicial
la propiedad de los títulos negociados ya sean los mismos u otros de la
misma especie, dentro de un plazo y bajo las condiciones fijadas de antemano
en el negocio inicial. Es un vehículo para un crédito a corto plazo,
en el cual la propiedad del título es temporalmente trasladada a quien
recibe el crédito. Este mecanismo es usado por el Banco de la República
para el manejo de la base monetaria en el corto plazo.
RESERVAS INTERNACIONALES BRUTAS:
Son los activos externos a disposición de las autoridades monetarias
para financiar o regular los desequilibrios de la Balanza de Pagos.
Incluye, principalmente, el oro monetario, los Derechos Especiales de
Giro (DEG), la posición en reserva ante el Fondo Monetario Internacional
y el uso del crédito de esta institución (si lo hubiere), las divisas convertibles
en caja, depósitos e inversiones del Banco Central en activos
extranjeros y las partidas de aportes a instituciones monetarias internacionales
RESULTADO ANTES DE IMPUESTO DE RENTA:
Es la suma de los resultados operacional y no operacional.
RESULTADO NO OPERACIONAL:
Constituido por aquellas partidas que por convención se definen desligadas
de la operación del negocio propiamente tal.
Este resultado incluye ingresos y costos fuera de la explotación y además
la corrección monetaria.
RESULTADO OPERACIONAL:
Constituido por el agregado de aquellas partidas relativas a la operación
del negocio y que incluye los ingresos y costos de explotación y los gastos
de administración y ventas.
SEGURO: