Manual Laboratorios AGROCALIDAD 2015 | Page 59

LABORATORIOS Si el ingrediente activo a declarar forma alguna sal, debe declararse las dos formas, la básica (ingrediente activo primario) y la de la sal. En el caso de muestras líquidas se debe declarar tanto en unidades de peso/peso como en peso/volumen. Se debe adjuntar el CERTIFICADO DE ANÁLISIS de la empresa Formuladora, emitido por el laboratorio de control de calidad del mismo, acorde al punto 5.10.2 de la norma ISO/IEC 17025:2005, donde debe constar el Contenido de ingrediente activo, con rango mínimo-máximo (especificación). Este certificado debe corresponder específicamente al lote de la muestra suministrada. Precauciones Para el transporte al laboratorio: cantidad de vapores, estos ejercen presión interna en los envases y pueden inclusive explotar. excesivos. permanezca parada firmemente, sellar la caja e indicar con flechas o palabras: “¡CUIDADO, MANTENER ESTE LADO HACIA ARRIBA!” Estándar Analítico El cliente deberá entregar al Laboratorio el estándar analítico, con empaque y etiquetado de fábrica. (No materia prima, ni etiquetado de elaboración casera). a) La cantidad requerida: 250 mg. b) El Etiquetado de fábrica, con la siguiente información: