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tipo.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: Ausencia de respuesta explícita por parte de la
Administración en el tiempo marcado para contestar a las peticiones presentadas.
Generalmente, y salvo casos expresamente determinados, equivale a la denegación de lo
solicitado.
SOCIO/A: Aquella persona que asociado a otras forma una sociedad mercantil con fines
lucrativos y siendo partícipe de beneficios y pérdidas.
SOCIO/A CAPITALISTA: El socio o la socia que aporta capital a una sociedad mercantil,
con el fin de participar en las futuras ganancias.
SOCIO/A INDUSTRIAL: El socio o la socia que aporta servicios y conocimientos
profesionales o técnicos a la sociedad, con el fin de participar en las futuras ganancias.
SOCIEDAD: Entidad con personalidad jurídica, formada con contratos, que reúne a varias
personas que ponen en común bienes o industrias con ánimo de lucro.
SOCIEDAD ANÓNIMA: Sociedad mercantil cuyo capital se divide en acciones y que está
formado por la aportación de los/as socios/as, aunque éstos/as no responden, con sus
bienes personales, de las posibles deudas de la sociedad.
SOCIEDAD CIVIL: Aquélla formada sin fines mercantiles y bajo las normas jurídicas
civiles.
SOCIEDAD COLECTIVA: Aquélla en la que los/as socios/as responden personal e
ilimitadamente del capital social, y en la que se comprometen a participar, en función de la
preparación establecida, de sus derechos y obligaciones.
SOCIEDAD COMANDITARIA: Sociedad mercantil en la que varias personas aportan al
fondo común, esperando los resultados de las operaciones dirigidas por otras personas
componentes de la sociedad en nombre colectivo.
SOCIEDAD COOPERATIVA: Aquélla que, sujeta a la Ley General de Cooperativas,
desarrolla alguna actividad económico-social cara a la equitativa ayuda entre las personas
que la integran.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: Aquélla en la que el capital está
dividido en participaciones iguales y que está dedicada a actividades mercantiles bajo la
responsabilidad limitada de los/las socios/as a la cuantía de su aportación.