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INGRESOS PÚBLICOS: Los recibidos por las agencias del gobierno (impuestos, tarifas aduaneras). INNOVACIÓN (HOW -KNOW): Aplicación de nuevas técnicas o procesos productivos o introducción de nuevos productos en el mercado. Las innovaciones exitosas abren la posibilidad de producir los mismos bienes utilizando menores recursos o producir bienes nuevos o de mejor calidad, constituyendo un elemento importante para el crecimiento económico. Se distingue entre la concepción de un nuevo producto o técnica de producción (inversión) y la aplicación de ella a un uso concreto. Estrictamente la innovación corresponde a esta última etapa. Cambios en los productos o en las técnicas de producción. INPUT-OUTPUT: Término que se utiliza para predecir la evolución del consumo intermedio en una rama de actividad, así como la de su valor añadido. INSOLVENCIA: Incapacidad de un agente económico para pagar sus deudas en los plazos estipulados de vencimiento. Hay que distinguirlas de la falta de liquidez, que consiste en la incapacidad de la empresa para enfrentar sus obligaciones de corto plazo. La insolvencia en cambio, es una situación a falta de liquidez no sólo presente (o de corto plazo), sino también futura. INSPECCIÓN FISCAL: Búsqueda realizada por agentes gubernamentales para descubrir posible evasión o elusión de los impuestos. INTERÉS: Precio que se paga por el uso de fondos prestables. El interés es una carga para aquél que lo desembolsa y una renta para el que lo recibe. Es el costo que se paga a un tercero por utilizar recursos monetarios de su propiedad. Es la remuneración por el uso del dinero. Pago por el uso del dinero. INTERÉS ABIERTO: Es la diferencia entre los contratos de compra y de venta a futuro que posee un inversionista a una fecha determinada. INTERÉS ANTICIPADO: Cantidad de intereses previstos como ingresos en las cuentas de ahorro, suponiendo que no se realizan nuevos depósitos o retiradas de fondos antes de que acabe el periodo en curso. El valor calculado debe actualizarse después de cada depósito o retirada de fondos. INTERÉS DE DEMORA: Recargo sobre el tipo de interés pactado, durante el tiempo que un crédito u obligación financiera se encuentra en mora. El estado también carga intereses de mora sobre las deudas fiscales no ingresadas en el plazo determinado al efecto.