SANCION.- Penas impuestas por los órganos competentes con sujeción a los
procedimientos establecidos en la legislación.
SAR.- "Sistema de Ahorro para el Retiro", iniciado en el año de 1992 con el propósito
de asegurar un fondo de retiro para los trabajadores afiliados al IMSS en el momento de
su jubilación. Los cargos de las cuotas quedaron establecidos a cargo del patrón.
SEGURIDAD.- Seguridad es estar libre y exento de todo daño o peligro; firme.
SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.- Es promover la mejoría de las condiciones
físicas y ambientales en que se desempeña el trabajo de los centros productivos del país,
para de este modo contribuir al beneficio mutuo de los trabajadores y de las empresas.
SEGURIDAD SOCIAL.- Tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia
médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios
para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión, que en
su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.
SINDICATO.- Organización o asociación profesional compuesta o integrada por
personas que, ejerciendo el mismo oficio o profesión u oficios o profesiones similares o
conexos, se unen para el estudio y protección de los intereses que les son comunes.
SINDICATO O ASOCIACION DE PATRONOS.- Sindicato formado por la parte
capitalista de la producción, por los empresarios a cuyas órdenes y por cuya retribución
prestan servicios los trabajadores.
SINIESTRO.- I. Funesto. Perverso. II. (der. civ.) Daño, pérdida o destrucción que sufren
las personas o bienes por causa de muerte, incendio o cualquier otro accidente. / Sinistro.
/Fire; accident; disaster.
SUBORDINACION.- Condición de una persona sujeta a otra o dependiente de ella. En
el derecho laboral constituye el elemento característico y el más importante del contrato
de trabajo, de tal manera que cuando existe, comienza hacia esa relación contractual la
tutela del estado.
SUSPENSION DEL CONTRATO DE TRABAJO.- Posibilidad de dejar en suspenso las
obligaciones básicas y reciprocas del trabajador y del empresario.