años. El rendimiento de los títulos lo determina el Gobierno Nacional de acuerdo con
las tasas del mercado para el día de colocación del mismo.
TRANSFERENCIA: Renta de destinación específica. Las transferencias en Colombia
se extienden a entidades territoriales (Situado Fiscal y Participación de los Municipios
en los Ingresos Corrientes de la Nación), para invertir, entre otras cosas, en salud y
educación.
TRANSACCIÓN: Compra o venta de algún instrumento financiero.
U
UTILIDAD O PÉRDIDA DEL EJERCICIO: Se obtiene de sustraer el impuesto a la renta
del resultado.
USURA: Tipo de interés pagado por el uso del dinero ajeno superior al establecido por
la Ley.
Cobrar un tipo de interés superior al máximo legal sobre los préstamos.
En su acepción moderna se refiere al cobro "abusivo" o "excesivo" de intereses sobre
los prestamos, en relación al nivel corriente de las tasa de interés vigentes en el
mercado. Según determinadas concepciones éticas vigentes en el pasado, se proclama
la injusticia del cobro de cualquier interés, considerándose que constituía una
apropiación indebida de ingresos por parte del prestamista.
V
VALOR CONTABLE: Valor presente del instrumento calculado según su tasa de
compra.