Gubernamental, empresarial y exterior) en la producción nacional de Bienes y servicios. Es igual al producto nacional bruto.
Gasto público:
Gasto realizado por el sector público en un periodo determinado. Incluye Todo el gasto fiscal, más todos los gastos de la empresas fiscales y semifiscales Con administración autónoma del Gobierno Central. El gasto Público se destinan a consumo público y a bienes de capital, inversión Pública.
Gasto público:
Parte del gasto público destinado a la financiación de servicios sociales Básicos para los individuos. Según la clasificación propuesta por las Naciones Unidas, son los gastos de educación, sanidad, seguridad Social, vivienda, deportes y otros de similares características.
Gasto de seguridad social:
Pagos en efectivo realizados a favor de los beneficiarios de los programas De seguridad social( pensión por jubilación, enfermedad, subsidio de Desempleo, et.). Se descontarán de los mismos los gastos e administración Y gestión de los organismos de la seguridad social.
Gastos y administración de ventas:
Incluye gastos de ventas tales como remuneraciones y comisiones pagadas Al personal de ventas, propaganda, promoción, etc. Asimismo, comprende Todos los gastos de administración tales como remuneraciones
Del personal administrativo, impuestos, suscripciones, etc.
Gastos indirectos:
Pagos a empelados, suministradores, beneficiarios y otros receptores Privados de los pagos del gobierno.
Gastos fijos:
Los que no están relacionados con el nivel de actividad de una empresa.
Gastos financieros:
Gastos incurridos por la empresa en la obtención de recursos financieros Y que están representados por los intereses y primas sobre pagarés, Bonos, debentures, etc. emitido por la empresa.
Gastos financieros:
Los que originan los intereses de las deudas comprometidas a largo Plazo.
Gastos variables:
Los que varían con el nivel de la producción o la capacidad de la planta. Generalmente son gastos controlables.
Giro:
Es una orden escrita e incondicional que una persona dirige a otra. Va firmado por la persona que lo extiende y pide al destinatario de la misma que proceda el pago de una determinada suma a la vista en fecha futura que se determina, a la orden de una determinada persona, o bien al portador.