MANUAL DIGITAL PRUEBA FINAL (1) | Page 57

en que las cuotas son rescatables por esencia. En los fondos "cerrados" las cuotas no son rescatables. FRANQUICIA: Daño o parte de daño que debe cobrarse, por acuerdo al asegurado. Se trata a grandes rasgos, de la venta que hace un productor original, de un formato o negocio, concepto que incluye derechos, estrategias de servicio e incluso el "good will". El comprador se hace a unos derechos, para establecer su propio negocio, explotando los productos y marcas ya posicionadas en el mercado y que por ende, tienen un prestigio ganado. FUGA DE DOLARES: Situación en la cual se fugan divisas hacia el exterior como resultado de tasas de interés externas más atractivas que las del mercado doméstico. FUSION: Unión de dos o más empresas para formar un nuevo negocio. Tienen aplicaciones financieras para inversores, empleados y acreedores LARGO PLAZO: Periodo de tiempo suficientemente amplio para que la cantidad de capital pueda ajustarse al nivel deseado. Periodo suficientemente largo para lograr un equilibrio. Cualquier periodo amplio. LEASING: Técnica de crédito profesional que comporta un contrato de alquiler de equipos mobiliarios e inmobiliarios, acompañado de promesa de venta u opción de compra al arrendatario. LETRA DE CAMBIO: Es una orden incondicional de pasar una suma de dinero determinada. Puede expedirse a la orden o al potador, o puede también definirse como un título librado por un entidad crediticia a la orden de sí misma, y que se negocia en la bolsa. LEY DE OFERTA Y DEMANDA: Ley económica que afirma que el precio de un determinado bien se obtiene por interacción de la oferta y la demanda, y es el que iguala la cantidad ofrecida con la demanda en el mercado. LIBRE EMPRESA: