Esta categoría incluye: a. Bienes económicos inmateriales de propiedad de una persona, empresa u organización, tales como patentes, marcas, derechos de llave, etc. b. El Derecho de uso o de usufructo que posee una persona, empresa u organización sobre bienes económicos, materiales, derecho que no puede ser transferido.
ADUANA:
Servicio gubernamental responsable de la valuación y cobranza de los derechos e impuestos por importaciones y exportaciones, y de la aplicación de otras leyes y reglamentos que se aplican a la importación, tránsito y exportación de artículos.
AMORTIZACIÓN: Reducciones graduales de la deuda a través de pasos periódicos sobre el capital prestado. Recuperación de los fondos invertidos en un activo de una empresa.
O también puede definirse como: la devolución de una deuda o de un capital tomado en préstamo( principal) más los intereses correspondientes si ellos existen.
La extinción de la deuda puede hacerse de una sola vez o mediante pagos parciales por periodos de tiempo previamente establecidos.
AÑO BASE:
Es el año de referencia al que se asigna un valor de cien cuando se construye un índice de precios u otra serie de tiempo.
AÑO FISCAL:
Periodo para el que se preparan los presupuestos de ingresos y gastos de la administración y en el que se devengan los impuestos.
AÑO GRAVABLE:
Es el mismo año calendario que comienza el primero de enero y termina el 31 de diciembre, pero puede comprender lapsos menores aplicables a sociedades que se constituyan o liquidan dentro del año y a extranjeros que lleguen al país o se ausenten de él en el respectivo año gravable.
ARANCEL:
Impuesto o derecho que se cobra a los bienes de importación. Generalmente, el término " derecho arancelario " indica la clasificación exacta de la mercancía, y por ende, la tasa que debe pagar una mercancía por entrar o salir de un país. Por su parte, la palabra " arancel " es utilizada para denotar la lista de mercancías con sus respectivos derechos aduanales, que serán pagados al gobierno por parte de los importadores de los productos.
ARRENDAMIENTO: