SEGURO: Es un contrato por el cual una persona o entidad, denominada
aseguradora, se compromete a indemnizar a otra, denominada asegurada, dentro
de los límites acordados en el mismo, en el caso de que ocurriera un siniestro o un
hecho convenido, a cambio de pagar una cantidad de dinero llamada prima.
SEGURO DE CAMBIO: Operación que pueden realizar las personas exportadoras
e importadoras de bienes o servicios, para asegurar el contravalor en euros de los
reembolsos o pagos derivados de operaciones comerciales con el exterior y que
deben realizarse en moneda extranjera en un futuro inmediato.
SENTENCIA: Resolución judicial que decide acerca de las cuestiones en pleito
dentro de un proceso judicial. La sentencia es firme cuando no cabe contra ella
recursos de ningún tipo.
SILENCIO ADMINISTRATIVO: Ausencia de respuesta explícita por parte de la
Administración en el tiempo marcado para contestar a las peticiones presentadas.
Generalmente, y salvo casos expresamente determinados, equivale a la
denegación de lo solicitado.
SOCIO/A: Aquella persona que asociado/a a otros/as forma una sociedad mercantil
con fines lucrativos y siendo partícipe de beneficios y pérdidas.
SOCIO/A CAPITALISTA: El socio o la socia que aporta capital a una sociedad
mercantil, con el fin de participar en las futuras ganancias.
SOCIO/A INDUSTRIAL: El socio o la socia que aporta servicios y conocimientos
profesionales o técnicos a la sociedad, con el fin de participar en las futuras
ganancias.
SOCIEDAD: Entidad con personalidad jurídica, formada con contratos, que reúne a
varias personas que ponen en común bienes o industrias con ánimo de lucro.