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INSOLVENCIA: Incapacidad de un agente económico para pagar sus deudas en los plazos estipulados de vencimiento. Hay que distinguirlas de la falta de liqui - dez, que consiste en la incapacidad de la empresa para enfrentar sus obligaciones de corto plazo. La insolvencia en cambio, es una situación a falta de liquidez no sólo presente (o de corto plazo), sino también futura. INSPECCION: (Del lat. inspectio, -onis). // Acción y efecto de inspeccionar. // f. Cargo y cuidado de velar por algo. // Casa, despacho u oficina del inspector. //Der. Examen que hace el juez por sí mismo, y en ocasiones con asistencia de los interesados y de peritos o testigos, de un lugar o de una cosa, para hacer constar en acta o diligencia los resultados de sus observaciones. INSPECCION DE TRABAJO: La Inspección de Trabajo, es un servicio público a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, que tiene como objeto velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales en materia laboral, de promoción y formación para el trabajo, y de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir o solucionar los conflictos o riesgos laborales entre trabajadores y empleadores. INSPECCION FISCAL: Búsqueda realizada por agentes gubernamentales para descubrir posible evasión o elusión de los impuestos. INSTITUCIÓN: Ente o asociación fundada, por lo general, sin ánimo de lucro. 98