parte, el arrendatario, quien a su vez debe pagar por la cesión temporal de ese derecho un precio
previamente estipulado entre ellos.
ARRENDADOR/A: Aquella persona que da en arrendamiento alguna cosa. No puede constituirse
a perpetuidad.
ARRENDATARIO/A: Persona que toma una cosa en arriendo.
AVAL: Garantía de pago que otorga un tercero extraño en una letra de cambio o en un pagaré.
El avalista generalmente responde del pago en las mismas condiciones que el librador y los
endosantes en la letra y del deudor principal en el pagaré.
ASIENTO DESCRIPTIVO: conjuntó de elementos informativos que individualizan las unidades
de descripción de un instrumento de consulta y recuperación.
ASEGURADO: Persona a quien beneficia o favorece, contrato de seguro especialmente de los
llamados de vida.
16