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parte, el arrendatario, quien a su vez debe pagar por la cesión temporal de ese derecho un precio previamente estipulado entre ellos. ARRENDADOR/A: Aquella persona que da en arrendamiento alguna cosa. No puede constituirse a perpetuidad. ARRENDATARIO/A: Persona que toma una cosa en arriendo. AVAL: Garantía de pago que otorga un tercero extraño en una letra de cambio o en un pagaré. El avalista generalmente responde del pago en las mismas condiciones que el librador y los endosantes en la letra y del deudor principal en el pagaré. ASIENTO DESCRIPTIVO: conjuntó de elementos informativos que individualizan las unidades de descripción de un instrumento de consulta y recuperación. ASEGURADO: Persona a quien beneficia o favorece, contrato de seguro especialmente de los llamados de vida. 16