Manual Digital MANUAL OMARLI R | Page 128

Corporación: Conjunto de personas que persiguen la realización de un fin lícito de interés colectivo al que la ley concede personalidad jurídica propia. D Decreto legislativo: Norma en calidad de Ley dictada por el Gobierno, en caso de extraordinaria urgencia y necesidad de que las Cortes le deleguen la capacidad Legislativa. Delegación de poderes: Acto de conferir capacidad de representación y actuación a otra persona. Demanda: Instrumento legal para conseguir la reparación de un derecho violado en un juicio. Expresa y numera los hechos y fundamentos en los que se basa la reclamación judicial. Denominación social: Nombre social o razón social. Denuncia: Puesta en conocimiento de la autoridad la comisión de un acto contrario a la ley. Es obligatoria en el momento de conocimiento de un delito. Derecho: Facultad inviolable de hacer o exigir algo. Conjunto de leyes a las que se someten y acogen los entes con personalidad propia. 128