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EMPRESA PÚBLICA: Aquella en que tanto la propiedad del capital, como su gestión y toma de decisiones están bajo el control gubernamental. Uno de los principales objetivos, pudiendo tener otros, como seguridad nacional u obtener ganancias. Las organizaciones estatales que tienen autonomía financiera no constituyen empresas públicas. EMPRESA: En economía, agente económico o unidad autónoma de control -y decisión - que al utilizar insumos o factores productivos los transforma en bienes y servicios o en otros insumos. No se trata de una entidad legal, sino de una organización que tiene objetivos definidos, como el lucro y el bien común o la beneficencia y para cuya consecuencia utiliza factores productivos y produce bienes y servicios. EMPRESARIO: Toda persona física o jurídica o comunidad de bienes que reciba la prestación de servicios de diferentes de personas contratadas. EMPRESARIO/A INDIVIDUAL: Aquella persona que desarrolla una actividad económica sin personalidad jurídica aparte de la suya. ENAJENACIÓN: Acto jurídico de transmisión a otras personas del derecho sobre una cosa que nos pertenece. 69