régimen consiste en esencia en que el 31 de diciembre de cada año se árala Liquidación definitiva
de cesantías por la anualidad o por la fracción correspondiente; el empleador paga además el 12%
anual o proporcional por fracción.
FONDOS DE INVERSIÓN: Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y jurídicas
para su inversión en valores y bienes que se le permiten, y que es administrado por una sociedad
anónima por cuenta y riesgo de los aportantes; quedando los aportes e expresados en cuotas de
participación no rescatables, nominativas y con posibilidad de transarse en una bolsa de valores.
FONDOS MUTUOS: Patrimonio aportado por personas naturales o jurídicas, para su inversión
en valores de oferta pública, administrado por un tercero (sociedad administradora de fondos
mutuos), por cuenta y riesgo de los partícipes o aportantes, quienes, por tanto, perciben los
beneficios a través de las revalorizaciones de sus aportes y soportan las eventuales pérdidas. Son
fondos "abiertos" aquellos en que las cuotas son rescatables por esencia. En los fondos "cerrados"
las cuotas no son rescatables.
FRANQUICIA: Daño o parte de daño que debe cobrarse, por acuerdo al asegurado. Se trata a
grandes rasgos, de la venta que hace un productor original, de un formato o negocio, concepto que
incluye derechos, estrategias de servicio e incluso el "good will". El comprador se hace a unos
derechos, para establecer su propio negocio, explotando los productos y marcas ya posicionadas
en el mercado y que por ende, tienen un prestigio ganado.
FRAUDE: Práctica de la simulación y del artificio con intención de engañar o lesionar a otro. Es
ilegal.
FUENTE PRIMARIA DE INFORMACIÓN: Información original, no abreviada ni traducida.
Se llama también “fuente de primera mano”.
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