TELÉFONO: Sistema de comunicación que transmite la voz y el sonido a larga distancia por
medios eléctricos o electromagnéticos.
TERMINACION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO: Son causas de terminación de la
relación de trabajo. Mutuo consentimiento de las partes. Muerte del trabajador. Terminación de la
obra o vencimiento del término o inversión del capital Incapacidad física o mental o inhabilitación
manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo.
TÉRMINOS PROCESALES: En materia laboral se denomina Término al espacio de tiempo que
se concede a las partes para desahogar o cumplir algún acto o diligencia de carácter judicial. Se
diferencia del Plazo porque este último se fija para la ejecución de actos procesales unilaterales,
es decir a sólo una de las partes. Los Términos Procesales para efectos de la Ley Federal del
Trabajo se regulan en sus artículos 733 al 738, mismos que establecen las reglas siguientes: Son
improrrogables o fatales. Comenzarán a correr el día siguiente al en que surta efecto la notificación
y se contará en ellos el día del vencimiento. (Ejemplo: Hoy me notifican, mañana surte efectos, y
pasado mañana empieza a correr) En ningún término se contarán los días en los que no puedan
tener actuaciones las juntas (días inhábiles, vacaciones, etc.), salvo en caso de que se trate del
procedimiento de huelga en donde correrán los 365 días del año las 24 horas del día sin excepción
alguna. En los casos en que no se haya señalada expresamente el término correspondiente para la
realización o práctica de algún acto procesal o el ejercicio de un derecho, éste se considerará como
de 3 días hábiles. Para el cómputo de los términos, los meses se considerarán como de treinta días
naturales, y los días hábiles de veinticuatro horas naturales contadas de las veinticuatro a las
veinticuatro horas, salvo disposición contraria en la Ley. Cuando el domicilio de la persona
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