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TERMINOLOGÍA DE CONTABILIDAD incluir bonos, acciones, certificados de depósitos bancarios, oro, entre otros. cheque puede ser a la orden, al portador, nominativo y estar girado al nombre del librador o de una tercera persona. CÉDULAS HIPOTECARIAS: Título con un valor nominal pagadero en el futuro en una fecha determinada, que rinde una tasa de interés periódica y es vendido por quien lo emite. En Colombia el Banco Central Hipotecario es el encargado de la emisión de las cédulas, y lo hace con un descuento sobre su valor nominal. CHEQUE CERTIFICADO: Cheque de un cuentahabiente girado sobre un banco, en cuya cara el banco ha puesto la palabra "certificado" con la fecha y firma de un signatario autorizado por el banco. El cheque se convierte, entonces, en una obligación en el banco. En algunos países la ley limita la duración de este compromiso. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A TÉRMINO (CDT): Instrumento de captación de ahorro nominal, de libre negociación. Los CHEQUE VIAJERO: Un cheque emitido por bancos o instituciones especializadas que compra una persona y cuyo pago se garantiza bajo ciertas condiciones. CESANTIA: Aun cuando se emplea este término como sinónimo de desempleo, estrictamente se refiere al conjunto de personas que han perdido su ocupación y buscan un nuevo trabajo. Por lo tanto no incluye a las personas que buscan trabajo por primeras aves. Generalmente la cesantía se expresa como un porcentaje de la fuerza laboral del país. COBRO: Es la acción inmediata por la cual se pretende obtener la satisfacción de una obligación cualquiera que fuere esta. COLOCACIÓN DE RECURSOS: Proceso en el que se utilizan los recursos que fueron adquiridos durante el proceso de captación, para extender créditos a algún otro agente. CHEQUE: Orden escrita y girada contra un Banco Comercial para que este pague, a su presentación, el todo o parte de los fondos que el librador pueda disponer en cuenta corriente. El 21