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TERMINOLOGÍA DE CONTABILIDAD
incluir bonos, acciones, certificados de
depósitos bancarios, oro, entre otros.
cheque puede ser a la orden, al
portador, nominativo y estar girado al
nombre del librador o de una tercera
persona.
CÉDULAS HIPOTECARIAS:
Título con un valor nominal pagadero
en el futuro en una fecha determinada,
que rinde una tasa de interés
periódica y es vendido por quien lo
emite. En Colombia el Banco Central
Hipotecario es el encargado de la
emisión de las cédulas, y lo hace con
un descuento sobre su valor nominal.
CHEQUE CERTIFICADO:
Cheque de un cuentahabiente girado
sobre un banco, en cuya cara el
banco
ha
puesto
la
palabra
"certificado" con la fecha y firma de un
signatario autorizado por el banco. El
cheque se convierte, entonces, en una
obligación en el banco. En algunos
países la ley limita la duración de este
compromiso.
CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A
TÉRMINO (CDT):
Instrumento de captación de ahorro
nominal, de libre negociación. Los
CHEQUE VIAJERO:
Un cheque emitido por bancos o
instituciones
especializadas
que
compra una persona y cuyo pago se
garantiza bajo ciertas condiciones.
CESANTIA:
Aun cuando se emplea este término
como sinónimo de desempleo,
estrictamente se refiere al conjunto de
personas que han perdido su
ocupación y buscan un nuevo trabajo.
Por lo tanto no incluye a las personas
que buscan trabajo por primeras aves.
Generalmente la cesantía se expresa
como un porcentaje de la fuerza
laboral del país.
COBRO:
Es la acción inmediata por la cual se
pretende obtener la satisfacción de
una obligación cualquiera que fuere
esta.
COLOCACIÓN DE RECURSOS:
Proceso en el que se utilizan los
recursos que fueron adquiridos
durante el proceso de captación, para
extender créditos a algún otro agente.
CHEQUE:
Orden escrita y girada contra un
Banco Comercial para que este
pague, a su presentación, el todo o
parte de los fondos que el librador
pueda disponer en cuenta corriente. El
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