TERMINOLOGÍA DE JURIDICA
ACCIÓN: Es un valor mobiliario
representativo de la aportación de
capital efectuada a una sociedad
mercantil
en
calidad
de
socio/socia. Puede ser nominativa
o al portador y desembolsada total
o parcialmente.
que los órganos administrativos
crean, extinguen o modifican
derechos u obligaciones.
ACTO JURÍDICO: Acción humana
que conlleva efectos jurídicos.
ADJUDICACIÓN: Fase de la
contratación administrativa en la
que se designa a la persona
natural o jurídica con la que la
Administración realiza un contrato.
Sus formas son adjudicación
directa, concurso, subasta y
concurso-subasta.
ACCIONISTA: Denominación que
recibe aquella persona que es
poseedora de al menos una acción
de una determinada sociedad.
ACEPTACIÓN: Acto formal por el
que una persona se compromete a
pagar una letra, estampando en la
misma su firma, la fecha y la
palabra “acepto”.
ADMINISTRADOR/A:
Aquella
persona que administra, custodia y
tiene a su cargo intereses de otras
personas. En una sociedad, la
gestiona
y
representa,
respondiendo a la voluntad de los
socios y las socias, la Junta
General de Accionistas y la ley.
ACTA: Documento empleado para
recoger el desarrollo de una
reunión y los acuerdos que se
toman en la misma. Al principio de
la siguiente reunión del mismo
organismo se leerá y aproba