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TERMINOLOGÍA DE JURIDICA ACCIÓN: Es un valor mobiliario representativo de la aportación de capital efectuada a una sociedad mercantil en calidad de socio/socia. Puede ser nominativa o al portador y desembolsada total o parcialmente. que los órganos administrativos crean, extinguen o modifican derechos u obligaciones. ACTO JURÍDICO: Acción humana que conlleva efectos jurídicos. ADJUDICACIÓN: Fase de la contratación administrativa en la que se designa a la persona natural o jurídica con la que la Administración realiza un contrato. Sus formas son adjudicación directa, concurso, subasta y concurso-subasta. ACCIONISTA: Denominación que recibe aquella persona que es poseedora de al menos una acción de una determinada sociedad. ACEPTACIÓN: Acto formal por el que una persona se compromete a pagar una letra, estampando en la misma su firma, la fecha y la palabra “acepto”. ADMINISTRADOR/A: Aquella persona que administra, custodia y tiene a su cargo intereses de otras personas. En una sociedad, la gestiona y representa, respondiendo a la voluntad de los socios y las socias, la Junta General de Accionistas y la ley. ACTA: Documento empleado para recoger el desarrollo de una reunión y los acuerdos que se toman en la misma. Al principio de la siguiente reunión del mismo organismo se leerá y aproba