TERMINOLOGÍA DE FINANCIERA
tercera persona, los fondos que
tiene disponibles en el banco.
CONTRATO:
Acuerdo o convenio entre dos o
más partes, por el que se
establecen una serie de derechos
y obligaciones entre las partes
contratantes. De acuerdo con el
principio de “autonomía” de la
voluntad, las partes contratantes
gozan de plena libertad para
establecer
las
cláusulas
y
condiciones
que
consideren
pertinentes,
salvo
quesean
contrarias a las leyes.
CITACIÓN:
Convocatoria ante la autoridad
judicial que especifica el lugar,
fecha y hora en la que debe
presentarse la persona citada.
CLÁUSULA:
Disposición de un documento que
modifica o aclara su contenido
general.
CLÁUSULA RESOLUTORIA:
Disposición que motiva el fin de un
contrato en caso deño cumplir
alguna
de
las
obligaciones
estipulada en él.
COOPERATIVA:
Sociedad
sometida
a
las
disposiciones de la Ley General de
Cooperativas que realiza, en
régimen de empresa común,
acciones económicas sociales para
la equitativa ayuda de las personas
que la integran.
CONCESIÓN ADMINISTRATIVA:
Licencia
que
otorga
la
administración a empresas o
particulares para el uso o
apropiación de bienes de dominio
público en un tiempo determinado.
CORPORACIÓN:
Conjunto
de
personas
que
persiguen la realización de un fin
lícito de interés colectivo al que la
ley concede personalidad jurídica
propia.
CONCURSO PÚBLICO:
Notificación de una obra o proyecto
para que cualquier empresa pueda
licitar a su realización.
DECRETOLEGISLATIVO:
Norma en calidad de Ley dictada
por el Gobierno, en caso de
extraordinaria
urgencia
y
necesidad de que las Cortes le
deleguen la capacidad legislativa.
CONTENCIOSO:
Aquello sobre lo que no hay
acuerdo.
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