Manual Digital Compliance Parte 2 | Page 7

Visión Tridimensional Compliance 2014 La creación del Código Único Europeo Para intentar la diferencia operativa de un negocio hay que lograr una sistematización y homogeneidad regulatoria. La diversidad en la normativa existente en el compliance es un problema actual y que genera dificultades a la hora de su aplicación. Actualmente, diferentes aspectos se encuentran desarrollados en distintas directivas; existiendo directivas de nivel uno, cada una de ellas con su propio desarrollo reglamentario, y cada uno de éstos tiene, a su vez, criterios interpretativos elaborados por los distintos reguladores europeos. Este es un problema momentáneo, vaticina María Gracia Rubio, socia de Baker & McKenzie. Hoy existe la decisión por parte de la Comunidad Europea de crear un Código Único de Reglas, donde se vaya volcando toda esa información dispersa en distintas normativas en un cuerpo único y homogéneo. Si bien hoy hay un problema de “vértigo” regulatorio, la voluntad de las agencias regulatorias europeas es poder contar, en los próximos años, con toda esa información sistematizada, fortaleciendo la seguridad jurídica y facilitando el trabajo de los reguladores nacionales. El compliance añade valor a las empresas La figura del complinace officer, cuya principal actividad es la de control, no está dirigida a complicar la actividad diaria a las personas que están dentro de las organizaciones, ni para impedir el desarrollo de los negocios sino, más bien, todo lo contrario, es una actividad que está para desarrollar el negocio de manera sostenible, de modo continuo y haciéndolo sostenible a largo del tiempo, asegura María Gracia Rubio socia de Baker & McKenzie. A su vez, tiene una función protectora de los individuos que están dentro de las organizaciones, en tanto que, según las nuevas disposiciones, ya no son sólo las empresas las que asumen el riesgo del negocio sino todos los miembros del consejo de administración. La función que los complinace officer deben desarrollar es la de evitar un ” www.iberianlawyer.com/compliance riesgo mayor entre aquellos que forman parte de la empresa. En definitiva, el corporate complinace es un elemento que añade y aporta valor a las empresas, concluye María Gracia Rubio. Entrevista a María Gracia Rubio de Baker & McKenzie Compliance 2014 • IBERIAN LAWYER • 5