Visión Tridimensional Compliance 2014
2. El alcance del corporate compliance
y su impacto en la competitividad de la empresa
El alcance de las funciones y responsabilidades del corporate compliance es, todavía, un tema
abierto a debate. Su rol dentro de las compañías encuentra distintas vertientes. El contexto
regulatorio no se presenta claro y las interpretaciones, a menudo, son divergentes.
En las conclusiones de la sesión organizada por el
Global Compliance Club de Iberian Lawyer, se presentan
los nuevos desafíos que inquietan a los expertos en la
materia. Por un lado, se muestran las dificultades a la
hora de crear e implementar un programa de compliance
atento a las confusiones y vacíos normativos. Por otro,
se manifiestan las preocupaciones sobre la definición de
las responsabilidades y funciones del compliance officer y
cómo esto podría afectar a las empresas.
Los expertos en la materia reunidos opinaron,
entre otras cuestiones, acerca de si la implantación
de los distintos programas de cumplimiento afectan
al crecimiento y a la sostenibilidad de la empresa, la
necesidad de contar con normas claras y predecibles
para ofrecer seguridad jurídica y sobre la función y
responsabilidad del corporate compliance officer dentro de
la organización.
Las empresas y el “modelo” a seguir
Si bien la mayoría de los especialistas entiende
la necesidad de un programa de compliance en
funcionamiento dentro de las compañías, muchos
coinciden que la normativa confusa y las lagunas
existentes generan problemáticas a la hora de su
implantación. Alfredo Guerrero, socio de King & Wood
Mallesons, sostiene que la implantación de programas
de compliance “debería ayudar a la competitividad de
las empresas porque son las reglas con las que se juega
en el mercado en el que estamos”. Según el abogado,
desde el punto de vista comercial, tener instaurado
compliance dentro de las organizaciones “permite no solo
recibir capital, sino que da mayor confianza a quienes
quieran contratar con la compañía y genera prestigio
internacional”.
Continuando con los beneficios que podría facilitar
el programa de compliance, Fernando Ortega, general
counsel y secretario del consejo de Siemens subraya que
el contar con un buen programa, “evita y ahorra multas
que suelen ser cuantiosas, además de fidelizar a clientes
y proveedores. Es también una herramienta que atrae
talento, porque los buenos profesionales quieren trabajar
en empresas limpias”.
Según Mar de Pedraza, socia de De Pedraza Abogados,
desde el punto vista comercial hay que analizar cuál es el
costo de tener compliance frente a no tenerlo. En términos
económicos “te tiene que permitir hacer negocios y ganar
dinero”; y las sanciones por no tener compliance pueden
consistir en bloqueo de cuentas o pagar importantes
fianzas, lo que “sería más grave que el dinero que
se quiso ahorrar al no implementar un programa de
compliance”.
Pero los vacíos legales deben ser resueltos. La ley
no establece ningún modelo de programa a seguir y
es la propia empresa la que debe delimitar sus propias
exigencias, por eso se debe apelar a la creatividad
y al equilibrio para lograr soluciones satisfactorias.
12 • IBERIAN LAWYER • Compliance 2014
“Demasiados controles podrían perjudicar la operatoria
del negocio y la rapidez en la toma de decisiones. En
cambio, si el programa es laxo, se corre el riesgo de
quedar por debajo de lo razonable” afirma Guerrero.
Por su parte, Mar de Pedraza, afirma que las
empresas tienen que vivir y crecer y, justamente por
eso, el compliance es esencial y favorece el crecimiento
sostenible; “el programa de compliance es el compendio
normativo voluntario que va a permitir el crecimiento
adecuado”. Mientras que el Ortega de Siemens sostiene
que “cuanto más exigente es un programa de compliance,
más beneficioso es para la economía en general y para las
empresas que lo cumplen”.
Normas claras y predecibles para ofrecer seguridad jurídica.
Otra de las preocupaciones que inquieta a los expertos
es la gran cantidad de normas nacionales e internaciones
que tiene que contemplar el corporate compliance a
la hora de diseñar un programa y su impacto en la
seguridad jurídica. A su vez, en este marco, se presentan
los primeros desafíos que están generando las nuevas
tecnologías. Si bien el escenario se presentan, en principio,
poco alentador, los expertos presentas soluciones a dicha
problemática, contemplando la posibilidad y el deber
de unir el sector público con el privado, mejorando los
canales de comunicación.
A modo de presentar el tema, de Pedraza, sostiene
que “hay normas contradictorias, se tiene que atender
al contexto internacional y las normas se modifican en
demasía. Hay un problema de volatibilidad y un exceso
de normas”. A su vez, Ortega, considera que si bien cada
vez hay un marco normativo más cuidadoso, este es
todavía desmedido e inagotable y no ayuda al negocio
ni a la seguridad jurídica, apuntando que “Es triste que
haya muchas normas y que no haya consecuencias.
Existe mucha regulación, muchas normas, pero no hay
consecuencias para quienes las infrinjan y eso es tan malo
como tener normas malas. Esto para el inversor produce
mucha desazón”.
En cuanto a la mejora en la comunicación entre los
sectores públicos y privado, Miguel Soler director de
asesoría jurídica de Prosegur, manifiesta que existe
la responsabilidad de los directores del compliance en
trabajar con el regulador y señalarles las ineficiencias
“
Cuanto más exigente es un
programa de compliance,
más benefi