Manual digital Compliance 2015_parte1 | Page 20

Visión Tridimensional Compliance 2015 Elías de Tejada, secretario General y del Consejo de Administración de Correos (Grupo Sepi), “siempre tiene que haber un abogado porque sólo él puede explicar en la empresa la dimensión jurídica de los hechos que se conocen. Según el ámbito donde se encuadre el comportamiento irregular podrá tener como consecuencia una medida disciplinaria (ámbito laboral) o podemos estar hablando de una responsabilidad penal de la persona jurídica y también física por la comisión de eventuales delitos (ámbito penal). El enfoque jurídico constituye una de las claves más importantes para manejar la crisis”. Asimismo, desde una visión desde el Derecho Laboral y desde la privacidad de las personas, debe mantenerse la investigación confidencial y animar a que el empleado acusado del ilícito cuente con representación letrada, si bien hay discrepancia en torno a quién debe costear los honorarios para la defensa del acusado. 2. Proceso interno o externo. Para conseguir la información adecuada es necesario contar con los profesionales apropiados. Por eso es recomendable acudir a peritos, auditores y abogados externos y que sean éstos quienes que lideren el proceso. A su vez, la existencia de un el canal de denuncias efectivo es María Bacas del Grupo VIPS 18 • IBERIAN LAWYER • Compliance 2015 esencial a los fines de poder conocer ha actuado con la debida diligencia los actos delictivos que podrían y se pueda considerar la eximente en estar produciéndose dentro de la el juicio. organización. En la actualidad, no son muchas las empresas que cuentan La prevención también es parte del con sistemas efectivos de canales de plan del Compliance denuncia; debiendo ser una empresa Si bien estas fases dentro de una externa la que los gestione, a los fines organización son importantes de que pueda establecerse Para que un programa de Compliance una visión más objetiva funcione, el tone at the top debe y no dudar ser una realidad y que los propios en revelar las falencias que directivos de la empresa sientan el plan pueden llegar de prevención de delitos como propio. a tener los Berta Balanzategui, circuitos. “ ” GE Global Operations 3. Informar. Finalmente, una vez que se ha recopilado la documentación pertinente hay que informar a la fiscalía sobre el caso que se quiere denunciar (en el supuesto de que se hubiera producido un acto ilícito). Luego, se deberá evaluar quién deberá representar a la empresa en caso de responsabilidad penal de la persona jurídica y si es conveniente, desde un punto de vista estratégico, si la empresa podría abrir una querella contra el acusado. A su vez, deberá definirse cuál será el rol del Compliance Officer en el proceso, en tanto que quizás no debería intervenir como parte sino como testigo para probar que la empresa para evitar que se responsabilice penalmente a la compañía, no debe perderse de vista la importancia que tiene la prevención. La corporación debe contar con políticas empresariales claras (por ejemplo, en el uso de tarjetas de créditos, gastos de empresa, recepción de regalos, etc.). La compañía también debe apoyarse en los sistemas tecnológicos para tener un mejor control y seguimiento de los gastos realizados por los empleados. Asimismo, debe realizarse una continua revisión de los protocolos existentes, principalmente en cuanto a relación con proveedores y procesos de concurso en caso de contrataciones con administración pública. La cultura como base Si bien estas acciones sugeridas son herramientas para proteger a la empresa, siempre deben ir acompañadas de códigos éticos y una cultura transparente de cumplimiento que baje en cascada desde lo más alto de la cúpula empresarial. Nuria Gómez añade que “el Compliance, la responsabilidad social corporativa y el código ético, van en el mismo saco”. José María Elías de Tejada concluye afirmando que “La cultura corporativa es clave para el Compliance pero si no la hay o provoca resistencias, la nueva normativa contribuirá a cambiar mentalidades”. www.iberianlawyer.com/compliance