MANUAL DEL DOCENTE. BORRADOR FINAL. agosto 27 . 2013 | Page 46

FUNDAMENTOS CONCEPTUALES PARA LA CARTILLA No 4. DEFINICIONES CONCEPTUALES: El Buen Vivir es un nuevo paradigma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza. Propone un modelo de vida justo, equitativo y solidario basado en el respeto mutuo entre el hombre y la mujer. Los derechos y garantías de niñas, niños y adolescentes en función de la convivencia en familia alineados al Buen Vivir, de acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia son: Art 22. Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar.- “Los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a desarrollarse en una familia biológica. El Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente medidas apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia. En todos los casos la familia debe proporcionarles un clima de afecto y comprensión que permita el respeto de sus derechos y su desarrollo integral”. Art. 26. Derecho a una vida digna Art. 27. Derecho a la salud Art. 33 Derecho a la identidad Art 34. Derecho a la integridad personal Sobre los deberes, capacidades y responsabilidades de niños, niñas y adolescentes: Art.65. Literal 6. Actuar con honestidad y responsabilidad en el hogar y en todas las etapas del proceso educativo. Literal 7. Respetar a sus progenitores, maestros y más responsables de su cuidado. Art. 102. Deberes específicos de los progenitores: los progenitores tienen el deber de respetar, proteger y desarrollar los derechos y garantías de los hijos e hijas. Para el efecto están obligados a proveer de lo adecuado para atender sus necesidades materiales, psicológicas, afectivas, espirituales e intelectuales. Art 103. Deberes fundamentales de los hijos e hijas  Mantener un comportamiento responsable y respetuoso que genere el cumplimiento de deberes y obligaciones en armonía.  Asistir, de acuerdo a su edad y capacidad, a sus progenitores en el instante que requieran de ayuda, especialmente en caso de enfermedades, durante la tercera edad y cuando adolezcan de una discapacidad que no permita valerse por sí mismo.  Colaborar en las tareas del hogar, de acuerdo a su edad y desarrollo, siempre que no interfiera con sus actividades educativas y desarrollo integral.  No deben abandonar el hogar de sus progenitores o responsables de su cuidado, o el que éste, se les hubiese asignado, sin autorización de aquellos. 46